Última actualización: 16 de Diciembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.956 - 30 de Noviembre de 2024)
Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
Inicio
 
Imprimir

Siguiente

LEY 106 DE 1993

(diciembre 30)

Diario Oficial No. 41.158, de 30 de diciembre de 1993

Por la cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se determina la organización y funcionamiento de la Auditoría Externa, se organiza el Fondo de Bienestar Social, se determina el Sistema de Personal, se desarrolla la Carrera Administrativa Especial y se dictan otras disposiciones

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONGRESO DE COLOMBIA,

DECRETA:

TÍTULO I.

DE LA ORGANIZACIÓN, ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia

CAPÍTULO I.

DE LA NATURALEZA, OBJETIVOS Y FUNCIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

ARTÍCULO 1o. NATURALEZA. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. OBJETIVO. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. FUNCIONES. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. AUTONOMIA PRESUPUESTARIA. <Ver Notas del Editor> <Ver Jurisprudencia Vigencia en relación con lo dispuesto en la Sentencia C-1550-00 de la Corte Constitucional sobre la vigencia de este Artículo> La Contraloría General de la República tendrá autonomía para el manejo, administración y fijación de su presupuesto, en concordancia con la ley orgánica de presupuesto.

Con el fin de desarrollar el presente artículo la Contraloría General de la República cobrará una tarifa de control fiscal a los organismos y entidades fiscalizadas, equivalente a la de aplicar el factor, resultante de la fórmula de dividir el presupuesto de funcionamiento de la Contraloría sobre la sumatoria del valor de los presupuestos de los organismos y entidades vigiladas, al valor de los presupuestos de cada organismo o entidad vigilada.

La tarifa de control fiscal será fijada individualmente para cada organismo o entidad vigilada mediante resolución del Contralor General de la República.

El valor total del recaudo por este concepto no podrá superar por ningún motivo el valor total de los gastos de funcionamiento de la Contraloría General de la República.

Notas del Editor
Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia

- Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Radicación No. 11001-03-06-000-2021-00011-00(2459) de 6 de abril de 2021, (Levantada la reserva legal mediante Auto de 10/06/2021), C.P. Dr. Germán Alberto Bula Escobar.

Concepto AUDITORÍA 3751 de 2023

Concepto AUDITORÍA 13961 de 2022

Concepto AUDITORÍA 42701 de 2021

Concepto AUDITORÍA 34441 de 2021

Concepto AUDITORÍA 23401 de 2021

Concepto CONTRALORÍA 238 de 2021

Concepto CONTRALORÍA 4 de 2020

Concepto CONTRALORÍA 4524 de 2011

Concepto CONTRALORÍA 576 de 2002

CAPÍTULO II.

DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y SUS OBJETIVOS.

Ir al inicio

ARTÍCULO 5o. CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 6o. NIVELES DE LA ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 7o. ORGANIZACIÓN. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 8o. OBJETIVO DEL DESPACHO DEL CONTRALOR. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 9o. OBJETIVOS DEL AUDITOR DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 10. OBJETIVO DE LA SECRETARÍA GENERAL. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 11. OBJETIVO DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 12. OBJETIVO DE LAS OFICINAS. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 13. OBJETIVO DE LAS DIRECCIONES. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 14. OBJETIVO DE LOS ÓRGANOS DE ASESORÍA Y COORDINACIÓN. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 15. OBJETIVO DEL COMITÉ DIRECTIVO. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 16. OBJETIVO DEL COMITÉ OPERATIVO. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 17. OBJETIVO DE LAS DIRECCIONES SECCIONALES. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior

CAPÍTULO III.

DE LA REGIONALIZACIÓN, DESCENTRALIZACIÓN, SECTORIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA.

Ir al inicio

ARTÍCULO 18. REGIONALIZACIÓN. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 19. NÚMERO DE SECCIONALES. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 20. FUSIÓN, CREACIÓN O SUPRESIÓN DE LAS DIRECCIONES SECCIONALES.  <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 21. LA ADMINISTRACIÓN SECCIONAL. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 22. DELEGACIÓN DE FUNCIONES ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Legislación Anterior
Jurisprudencia Vigencia
Ir al inicio

ARTÍCULO 23. DELEGACIÓN DE LAS FUNCIONES DE CONTROL FISCAL. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 24. SECTORIZACIÓN. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 25. NIVEL MICRO DE LA VIGILANCIA DE GESTIÓN FISCAL. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 26. NIVEL MACRO DE LA VIGILANCIA DE GESTIÓN FISCAL. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 27. CONCEPTO DE LA PLANEACIÓN DEL CONTROL FISCAL. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 28. PLAN ANUAL DE CONTROL FISCAL -PAO -. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 29. PLAN ANUAL DE REVISIÓN DE CUENTAS - PARC -. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Legislación Anterior

TÍTULO II.

ESTRUCTURA INTERNA Y FUNCIONES POR DEPENDENCIA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia

CAPÍTULO I.

ESTRUCTURA ORGÁNICA GENERAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

Ir al inicio

ARTÍCULO 30. ESTRUCTURA INTERNA.   <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior

CAPÍTULO II.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL NIVEL CENTRAL POR DEPENDENCIA.

Ir al inicio

ARTÍCULO 31. DEL DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 32. DEL DESPACHO DEL VICECONTRALOR. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 33. DE LAS FUNCIONES DE LAS DIVISIONES DEL DESPACHO DEL VICECONTRALOR. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 34. DEL COMITÉ DIRECTIVO. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 35. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DIRECTIVO. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 36. DEL COMITÉ OPERATIVO. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 37. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ OPERATIVO. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 38. DEL DESPACHO DEL SECRETARIO GENERAL. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 39. DE LA UNIDAD DE JURISDICCIÓN COACTIVA. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 40. DE LAS FUNCIONES DE LA DIVISIÓN DEL DESPACHO DEL SECRETARIO GENERAL. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 41. EL DESPACHO DEL SECRETARIO ADMINISTRATIVO. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 42. DE LA UNIDAD DE RECURSOS FÍSICOS. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 43. DE LAS FUNCIONES DE LAS DIVISIONES DE LA UNIDAD DE RECURSOS FÍSICOS. <Artículo derogado por el artículo 87 del Decreto 267 de 2000>.

Notas de vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

Siguiente

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
Última actualización: 16 de Diciembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.956 - 30 de Noviembre de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.