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DECRETO 86 DE 2011

(enero 17)

Diario Oficial No. 47.955 de 17 de enero de 2011

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Por el cual se ordena la publicación del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, 019 de 2010 Senado, “por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal” (Primera Vuelta).

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 375 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el honorable Congreso de la República, remitió a la Presidencia de la República, para el trámite pertinente, el Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, 019 de 2010 Senado, por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal. (Primera Vuelta).

Que el 20 de julio de 2010 el Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Óscar Iván Zuluaga Escobar, presenta ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes el Proyecto de Acto Legislativo “por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines del Estado Social de Derecho”, este proyecto es radicado con el número 016 de 2010 Cámara con su correspondiente exposición de motivos con el fin de iniciar su trámite legislativo constitucional.

Que el mismo 20 de julio de 2010 de conformidad con el artículo 43 numeral 5 de la Ley 5a de 1992 (Reglamento del Congreso) se envía al Despacho del señor Presidente de la Cámara de Representantes el Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines del Estado Social de Derecho”. La Presidencia de la honorable Cámara de Representantes visto el informe presentado por la Secretaría General de la Cámara de Representantes y en consideración al asunto de que trata el Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 ordena el envío a la Comisión Primera (I) Constitucional Permanente, con el fin de ser estudiado en primer debate. Se reparte el proyecto de ley en mención, se devuelve nuevamente a la Secretaría General para las anotaciones de rigor y se envía a la Imprenta Nacional para su publicación, de conformidad con el artículo 144 de la Ley 5ª de 1992. Se publica en la Gaceta del Congreso número 451 del 23 de julio de 2010.

Que el día 30 de julio 2010 la Comisión Primera Constitucional Permanente de la honorable Cámara de Representantes recibe el expediente del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el derecho a la sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines de Estado Social de Derecho, y pasa a la Mesa Directiva para la designación de Ponentes.

Que el 17 de agosto de 2010, la Secretaría General de la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, la Mesa Directiva de la Comisión designa como ponentes para primer debate a los honorables Representantes Jaime Buenahora - Coordinador, Miguel Gómez, Heriberto Sanabria, Adriana Franco, Germán Varón, Germán Navas, Fernando de la Peña y Alfonso Prada, del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el derecho a la sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines de Estado Social de Derecho.

Que el 1o de septiembre de 2010 el Secretario General de la Comisión Primera Constitucional remite con Oficio número C.P.C.P.-115-2010 a los ponentes honorables Representantes Miguel Gómez Martínez, Heriberto Sanabria Astudillo, Adriana Franco Castaño, Germán Varón Cotrino, Germán Navas Talero, Fernando de la Peña Márquez y Hernando Alfonso Prada Gil, donde informa que el Representante Jaime Buenahora Febres - Coordinador de ponentes del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el derecho a la sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines de Estado Social de Derecho, solicitó la realización de Audiencia Pública, la que fue autorizada por la Mesa Directiva de la Comisión, llevándose a cabo en la ciudad de Bogotá, el día jueves 16 de septiembre de 2010 en el salón de sesiones de esta Célula Legislativa.

Que el 16 de septiembre se realiza Audiencia Pública sobre el Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el derecho a la sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines de Estado Social de Derecho.

Que el 29 de septiembre de 2010 la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes recibe la ponencia para primer debate y pliego de modificaciones del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el derecho a la sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines de Estado Social de Derecho, suscrita por los honorables Representantes Jaime Buenahora, Adriana Franco, Heriberto Sanabria, Germán Varón y Fernando de la Peña, y se envía a la Secretaría General de la Cámara de Representantes para su respectiva publicación en la Gaceta del Congreso número 723 de 2010 de fecha 30 de septiembre de 2010.

Que el 4 de octubre de 2010 la Secretaría General de la Comisión Primera Permanente de la Cámara de Representantes, recibe ponencia para primer debate del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el derecho a la sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines de Estado Social de Derecho, suscrita por el Representante Hernando Alfonso Prada. Se envía a la Secretaría General para su respectiva publicación en la Gaceta del Congreso número 734 del lunes, 4 de octubre de 2010. Es anunciado para discusión y votación, según consta en el Acta número 19 del 5 de octubre de 2010.

Que el 6 de octubre de 2010 se inicia la discusión y votación del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el derecho a la sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines de Estado Social de Derecho, siendo aprobado por mayoría de votos.

Que el 12 de octubre de 2010, la Secretaría General de la Comisión Primera Constitucional Permanente recibe ponencia para segundo debate y pliego de modificaciones (Primera Vuelta) del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el derecho a la sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines de Estado Social de Derecho. Se envía a Secretaría General para su respectiva publicación. Se publica en la Gaceta del Congreso número 758 del día miércoles 13 de octubre de 2010, la ponencia para segundo debate junto con el pliego de modificaciones, texto propuesto para segundo debate, texto aprobado en la Comisión Primera en primer debate (primera vuelta).

Que el 15 de octubre de 2010, el Representante Ponente Alfonso Prada, presenta informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el derecho a la sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines de Estado Social de Derecho, quedando su publicación en la Gaceta del Congreso número 779 del viernes, 15 de octubre de 2010.

Que el 27 de octubre de 2010, la Secretaría General de la Cámara de Representantes - Sustanciación Ponencia Segundo Debate: dice que en Sesión Plenaria del día 19 de octubre de 2010, fue considerado y aprobado en segundo debate la ponencia, el articulado y el título presentado por los ponentes al Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal. (Primera Vuelta). El proyecto en mención se aprobó con modificaciones en la Plenaria de la Cámara. Lo anterior de conformidad con el artículo 5o del Acto legislativo número 01 de 2009, según consta en el Acta de Sesión Plenaria número 26 de octubre 26 de 2010, previo su anuncio el día 20 de octubre de los corrientes, según Acta de Sesión Plenaria número 25.

Que en Acta de fecha 27 de octubre de 2010 la Secretaría General dice: que en Sesión Plenaria del día 26 de octubre de 2010, fue aprobado en segundo debate el texto definitivo con modificaciones del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal. Esto con el fin de que el citado proyecto siga su curso legal y reglamentario y de esta manera dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 182 de la Ley 5ª de 1992 y el artículo 5o del Acto Legislativo número 01 de 2009, según consta en el Acta de Sesión Plenaria número 26 de octubre 26 de 2010, previo su anuncio el día 20 de octubre de los corrientes, según Acta de Sesión Plenaria número 25. Publicado en la Gaceta del Congreso número 833 del viernes, 29 de octubre de 2010.

Que con Oficio S.G.2-2296-10 de fecha 27 de octubre de 2010, el Secretario General de la Cámara de Representantes remite para conocimiento y fines pertinentes y por instrucciones del señor Presidente de la honorable Cámara de Representantes, al Presidente del Senado de la República, de conformidad con el artículo 183 de la Ley 5ª de 1992 el expediente del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal. (Primera Vuelta).

Que con Acta Sustanciación Tránsito a Senado de la República del día 27 de octubre la Jefe de Sección Leyes del Senado de la República recibe de la Cámara de Representantes el expediente del Proyecto de Acto legislativo número 19 de 2010 Senado, 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal. (Primera Vuelta). Este proyecto de acto legislativo atendiendo instrucciones de la Presidencia se envía a la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República, en consideración al principio de consecutividad, para que continúe su trámite legal y reglamentario.

Que el 2 de noviembre la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente dice que la Mesa Directiva, según consta en el Acta MD-17, designó como ponentes para esta iniciativa a los honorables Senadores Juan Carlos Vélez (Coordinador), Roberto Gerléin, Juan Fernando Cristo, Juan Carlos Rizzeto, Iván Moreno Rojas y Jorge Eduardo Londoño, con diez (10) días de término para rendir el correspondiente informe.

Que el 3 de noviembre de 2010 la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente dice que la Mesa Directiva en virtud de la importancia de esta iniciativa y por solicitud que hiciera la CUT para la realización de Audiencia Pública de esta iniciativa, emite la Resolución número 03 del 3 de noviembre de 2010, por la cual se convoca a Audiencia Pública sobre esta iniciativa, para el día 11 de noviembre de 2010. De esta decisión se comunica a los ponentes y a la CUT.

Que el 9 de noviembre de 2010 la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República, recibe de la Secretaría General de la Cámara de Representantes, constancia del voto negativo a esta iniciativa, suscrito por varios Representantes.

Que el 11 de noviembre la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente da lectura a la Resolución número 03 del 3 de noviembre de 2010, por la cual se convoca a Audiencia Pública sobre esta iniciativa. Por Secretaría se da lectura a los inscritos para intervenir en la Audiencia. La Secretaría llama a Diego García quien intervino sobre esta iniciativa. De igual forma intervino el doctor Diego Garzón - Promotor de Derechos Humanos. Los documentos dejados por los inscritos se publican en la Gaceta del Congreso y se envían a los Ponentes.

Que el 17 de noviembre de 2010 la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República recibe el informe de ponencia junto con el pliego de modificaciones propuesto para primer debate de los honorables Senadores Juan Carlos Vélez y Roberto Gerléin, esta ponencia se envía a la Jefe de Sección de Leyes de Senado para publicación en la Gaceta del Congreso número 919 del jueves 18 de noviembre de 2010.

Que el 17 de noviembre de 2010 la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente, acorde con el artículo 8o del Acto Legislativo 01 de 2003 y por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría informa que en la próxima sesión se discutirá y votará esta iniciativa, entre otras. Relación Acta número 27.

Que el 19 de noviembre de 2010, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado recibe el informe negativo para primer debate del Ponente - Senador Jorge Eduardo Londoño Ulloa. Esta ponencia se envía a la Jefe de Leyes del Senado para su publicación en la Gaceta del Congreso número 937 de 2010.

Que el 22 de noviembre de 2010, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente recibe el informe para primer debate del Ponente - Senador Juan Fernando Cristo Bustos. Esta ponencia se envía a la Jefe de Leyes de Senado para publicación en la Gaceta del Congreso número 943 de 2010.

Que el 22 de noviembre de 2010, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente recibe el informe negativo para primer debate del Ponente - Senador Néstor Iván Moreno Rojas. Esta ponencia se envía a la Jefe de Leyes del Senado para publicación en la Gaceta del Congreso número 943 de 2010.

Que el 23 de noviembre de 2010, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente da lectura a la proposición suscrita por los Senadores: Juan Fernando Cristo, Jesús Ignacio García, Juan Manuel Galán, en la que solicitan invitar a la Corte Constitucional y otras entidades con el fin de conocer su posición frente a esta iniciativa. Una vez leída por la Secretaría sobre el tema se pronuncian varios Senadores. En concordancia por lo expresado por los Senadores intervinientes, la Presidencia anuncia que los autores de la proposición han retirado la misma en consideración con los planteamientos en la discusión de la misma. Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría informa que para esta iniciativa, se han radicado cuatro informes de ponencia así, un primer informe suscrito por los Senadores Juan Carlos Vélez y Roberto Gerléin, en el que solicitan dar primer debate a esta iniciativa y se encuentra publicada en la Gaceta del Congreso número 919 de 2010, un segundo informe suscrito por el Senador Jorge Eduardo Londoño, en el que solicita archivar esta iniciativa y se encuentra publicado en la Gaceta del Congreso número 937 de 2010, un tercer informe suscrito por el Senador Iván Moreno Rojas, en el que solicita archivar esta iniciativa y se encuentra publicado en la Gaceta del Congreso número 943 de 2010 y un cuarto informe suscrito por el Senador Juan Fernando Cristo, en el que solicita archivar esta iniciativa y se encuentra publicado en la Gaceta del Congreso número 943 de 2010. La Presidencia abre el debate general y concede el uso de la palabra a los ponentes y a los demás Miembros de la Comisión. De igual manera y a solicitud del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, la Presidencia le concede el uso de la palabra sobre esta iniciativa. La Presidencia informa que acorde a lo establecido en la Ley 5ª de 1992, lo procedente es votar en primera instancia, la proposición de archivo, en este caso la radicada en primer término, o sea, la suscrita por el Senador Jorge Eduardo Londoño Ulloa, y previo al anuncio del cierre de su discusión es cerrada y sometido a votación nominal es negado el archivo. Por Secretaría nuevamente se da lectura a la proposición de dar primer debate a esta iniciativa, previo al anuncio del cierre de su discusión es cerrado y sometido a votación nominal es aprobado. Relación Acta número 28.

Que el 23 de noviembre de 2010, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República, acorde al artículo 8o del Acto Legislativo 01 de 2003 y por instrucciones de la Presidencia la Secretaría informa que en la próxima sesión se discutirá y votará esta iniciativa, entre otras. Relación Acta número 28.

Que el 24 de noviembre de 2010, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República, informa que en sesión anterior se aprobó la proposición de dar primer debate a esta iniciativa, por lo tanto se avoca el estudio del articulado en el texto del pliego de modificaciones suscrito por los Senadores Juan Carlos Vélez Uribe y Roberto Gerléin Echeverría. En el debate general del articulado intervienen varios Senadores. En uso de la palabra el Senador Manuel Enríquez Rosero solicita a la Presidencia declarar la suficiente ilustración y preguntados los Miembros de la comisión si se declara la suficiente ilustración es aprobada mediante votación nominal. Por Secretaría se da lectura nuevamente al articulado del pliego de modificaciones y antes de someter a votación este, la Presidencia le concede el uso de la palabra al Senador Juan Fernando Cristo para una constancia. De igual manera intervienen los Senadores Hernán Andrade y Roy Leonardo Barreras. Previo al anuncio del cierre de la discusión del articulado en el texto del pliego, es cerrada y sometido a votación nominal. La Secretaría informa que se ha producido un empate y que de acuerdo al artículo 135 de la Ley 5ª de 1992, la Presidencia debe decidir en qué momento se efectúa la segunda votación. La Presidencia informa que la segunda votación tendrá lugar el día 25 de noviembre y solicita a la Secretaría continuar con el siguiente punto del orden del día. Relación Acta número 29.

Que el 24 de noviembre de 2010, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República, acorde con el artículo 8o del Acto Legislativo 01 de 2003 y por instrucciones de la Presidencia de la Secretaría informa que en la próxima sesión se someterá a segunda votación esta iniciativa. Relación Acta número 29.

Que el 25 de noviembre de 2010, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República dice que la Presidencia informa que en sesión anterior se sometió a votación el articulado en el texto del pliego de modificaciones y obtuvo un empate, que acorde al artículo 135 de la Ley 5ª de 1992, procede a una segunda votación. Igualmente informa a los Senadores que se procede a la segunda votación nominal del articulado en el texto del pliego de modificaciones siendo aprobado. La Presidencia concede el uso de la palabra al Senador Luis Carlos Avellaneda. Por Secretaría se da lectura al título en el texto del pliego de modificaciones: “por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal”, abierta y cerrada su discusión, al igual que cerrada la discusión de la pregunta hecha a los Senadores en relación con el querer que esta iniciativa se convierta en Reforma Constitucional, sometidos a votación nominal son aprobados. La Presidencia concede el uso de la palabra a varios Senadores. La Presidencia designa como ponentes para segundo debate a los Senadores Juan Carlos Vélez (Coordinador), Roberto Gerléin, Juan Fernando Cristo, Juan Carlos Rizzeto, Iván Moreno Rojas y Jorge Eduardo Londoño, con cinco (5) días de término para rendir el correspondiente informe. Relación Acta número 30.

Que el 30 de noviembre de 2010, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente, recibe ponencia para segundo debate del Proyecto de Acto Legislativo número 19 de 2010 Senado, 016 de 2010 Cámara, suscrita por los Senadores Juan Carlos Vélez Uribe y Roberto Gerléin, previa autorización de la Presidencia y Secretaría de la Comisión, se envía a la Sección de Leyes para su respectiva publicación en la Gaceta del Congreso número 989 del martes 30 noviembre de 2010.

Que el 30 de noviembre de 2010, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente recibe ponencia para segundo debate del Proyecto de Acto Legislativo número 19 de 2010 Senado, 016 de 2010 Cámara, suscrita por el Senador Juan Fernando Cristo Bustos, previa autorización de la Presidencia y Secretaría de la Comisión, se envía a la Sección de Leyes para su respectiva publicación en la Gaceta del Congreso número 989 del martes 30 noviembre de 2010.

Que el 30 de noviembre de 2010, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente recibe ponencia para segundo debate del Proyecto de Acto Legislativo número 19 de 2010 Senado, 016 de 2010 Cámara, suscrita por el Senador Iván Moreno Rojas, previa autorización de la Presidencia y Secretaría de la Comisión, se envía a la Sección de Leyes para su respectiva publicación en la Gaceta del Congreso número 989 de 2010.

Que con Acta de Sustanciación Segunda Ponencia y Texto Definitivo de fecha 10 de diciembre de 2010, el Secretario General del Senado de la República suscribe que en Sesión Plenaria del honorable Senado de la República el día martes siete (7) de diciembre de 2010, fue considerado y aprobado en segundo debate, la Ponencia, el articulado y el título del Proyecto de Acto Legislativo número 019 de 2010 Senado, 016 de 2010 Cámara, “por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal”, ponencia publicada en la Gaceta del Congreso número 989 de 2010. El resultado de las votaciones nominales presentadas para la aprobación de este proyecto son las registradas en el Acta 31 de fecha 7 de diciembre de 2010, atendiendo lo dispuesto en el artículo 5o del Acto Legislativo 01 de 2009, que establece: “(...) El voto de sus miembros será nominal y público, excepto en los casos que determine la ley (...)”. La presente sustanciación se hace con base en el registro hecho por la Secretaría General de esta Corporación, en esta misma sesión Plenaria y con quórum constitucional requerido. La constancia de consideración y aprobación de esta iniciativa, se encuentra señalada en el Acta 31 del 7 de diciembre de 2010 previo anuncio en sesión Plenaria el día 6 de diciembre de 2010, Acta número 30 -Firmado: Emilio Otero Dajud - Secretario General.

Que con oficio de la Sección de Leyes del Senado de la República de fecha 10 de diciembre de 2010, el Presidente del Senado de la República, remite al Presidente de la Cámara de Representantes el Expediente del Proyecto de Acto legislativo número 019 de 2010 Senado, 016 de 2010 Cámara, “por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal”. El mencionado proyecto de acto legislativo fue considerado y aprobado en sesión de la Comisión Primera del Senado el día 25 de noviembre de 2010 y en sesión Plenaria del Senado de la República el día 7 de diciembre de 2010. Se remite para que siga su curso legal y reglamentario.

Que con oficio de fecha 13 de diciembre de 2010, los Senadores Juan Carlos Vélez Uribe y Jaime Buenahora Febres, remiten a los Presidentes de Senado de la República y Cámara de Representantes el Informe de conciliación al Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, 019 de 2010 Senado, por el cual se establece el principio de sostenibilidad fiscal. Dicho informe se publica en la Gaceta del Congreso número 1.081 del lunes 13 de diciembre de 2010.

Que con Acta de Sustanciación de la Comisión Accidental de Mediación de la Cámara de Representantes, de fecha 14 de diciembre de 2010, el Secretario General de la Cámara de Representantes, informa que en Sesión Plenaria de la honorable Cámara de Representantes fue considerado y aprobado el informe de la Comisión Accidental de mediación al Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, 019 de 2010 Senado, por el cual se establece el principio de sostenibilidad fiscal. (Primera vuelta). Lo anterior de conformidad con el artículo 5o del Acto Legislativo número 01 de 2009, según consta en el Acta de Sesión Plenaria número 41 de diciembre 14 de 2010, previo su anuncio el día 13 de diciembre de 2010, según Acta de Sesión Plenaria número 40.

Que con Acta de Sustanciación Informe de la Comisión Conciliadora, la Secretaría General con fecha 15 de diciembre, informa que en Sesión Plenaria del honorable Senado de la República del día martes catorce (14) de diciembre de 2010, fue considerado y aprobado el Informe de la Comisión de Conciliación al Proyecto de Acto Legislativo número 019 de 2010 Senado, 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal. Informe suscrito por el Senador Juan Carlos Vélez Uribe y publicado en la Gaceta del Congreso número 1.079 de 2010. El resultado de las votaciones nominales presentadas para la aprobación de este Informe son las registradas en el Acta de fecha 14 de diciembre de 2010, atendiendo lo dispuesto en el artículo 5o del Acto Legislativo de 2009, que establece: “(...) El voto de sus miembros será nominal y público, excepto en los casos que determine la ley (...)”. La presente sustanciación se hace con base en el registro hecho por la Secretaría General de esta corporación, en esta misma sesión Plenaria y con quórum constitucional requerido. La constancia de consideración de este Informe de conciliación se encuentra señalada en el Acta número 33 del día 14 de diciembre de 2010, previo anuncio en sesión Plenaria el día 13 de diciembre del mismo año, Acta número 32. -Firmado: Emilio Otero Dajud, Secretario General.

Que en mérito de lo expuesto:

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Ordénese la publicación del texto definitivo del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, 019 de 2010 Senado, por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal. (Primera Vuelta), el cual quedará así:

PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO NÚMERO…

(Primera Vuelta)

“por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal”.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1o. El artículo 334 de la Constitución Política quedará así:

La dirección general de la economía estará a cargo del Estado. Este intervendrá, por mandato de la ley, en la explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes, y en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía con el fin de conseguir en el plano nacional y territorial, en un marco de sostenibilidad fiscal, el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano. Dicho marco de sostenibilidad fiscal deberá fungir como instrumento para alcanzar de manera progresiva y programática los objetivos del Estado Social de Derecho. En cualquier caso el gasto público social será prioritario.

El Estado, de manera especial, intervendrá para dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurar, de manera progresiva, que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo al conjunto de los bienes y servicios básicos. También para promover la productividad y competitividad y el desarrollo armónico de las regiones.

La sostenibilidad fiscal es un principio que debe orientar a las Ramas y Órganos del Poder Público, dentro de sus competencias, en un marco de colaboración armónica.

Artículo 2o. El primer inciso del artículo 339 de la Constitución Política quedará así:

Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional. En la parte general se señalarán los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que serán adoptadas por el gobierno. El plan de inversiones públicas contendrá los presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos de inversión pública nacional y la especificación de los recursos financieros requeridos para su ejecución, dentro de un marco que garantice la sostenibilidad fiscal.

Artículo 3o. El primer inciso del artículo 346 de la Constitución Política quedará así:

El Gobierno formulará anualmente el presupuesto de rentas y ley de apropiaciones, que será presentado al Congreso dentro de los primeros diez días de cada legislatura. El presupuesto de rentas y ley de apropiaciones deberá elaborarse, presentarse y aprobarse dentro de un marco de sostenibilidad fiscal y corresponder al Plan Nacional de Desarrollo.

Artículo 4o. El presente acto legislativo rige a partir de la fecha de su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

ARMANDO BENEDETTI VILLANEDA.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

EMILIO OTERO DAJUD.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

CARLOS ALBERTO ZULUAGA DÍAZ.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

JESÚS ALFONSO RODRÍGUEZ CAMARGO.

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ARTÍCULO 2o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese.

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de enero de 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

JUAN CARLOS ECHEVERRY GARZÓN.

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