DECRETO <LEY> 1512 DE 2018
(agosto 6)
Diario Oficial No. 50.677 de 6 de agosto de 2018
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
<No se efectúan las modificaciones que surgen de esta norma>
Por el cual se modifica la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 74 de la Ley 1922 de 2018 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 74 de la Ley 1922 de 2018 “por medio de la cual se adoptan unas reglas de procedimiento para la jurisdicción especial para la paz'' se confirieron facultades extraordinarias al Presidente de la República, por el termino de seis (6) meses, para reorganizar la estructura y operación y ampliar la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación, con el único fin de garantizar el cumplimiento de sus funciones en el marco de la implementación del “Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la construcción de una Paz Estable y Duradera” y la implementación de la JEP, de conformidad con lo dispuesto en los Actos Legislativos 01 de 2016 y 01 de 2017.
Que la Procuraduría General de la Nación elaboró el estudio técnico en el cual se determinaron las necesidades que en materia de personal requiere el ente de control para atender las funciones relacionadas con el cumplimiento de sus funciones en el marco de la implementación del “Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la construcción de una Paz Estable y Duradera” y la implementación de la JEP, de conformidad con lo dispuesto en los Actos Legislativos 01 de 2016 y 01 de 2017.
Que en cumplimiento de los compromisos de la Procuraduría General de la Nación con el Acuerdo Final, se debe disponer del personal suficiente para intervenir judicialmente ante la JEP, implementar medidas para la rendición de cuentas, realizar seguimiento a los compromisos derivados del Acuerdo Final, garantizar la transparencia de los procedimientos y generar espacios de diálogo nacional constante entre los diferentes sectores e instituciones del Estado.
Que el Gobierno nacional considera procedente modificar la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Modificase la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación, creando los siguientes cargos de carácter transitorio:
Número de cargos | Denominación del empleo | Código | Grado |
5 (cinco) | Procurador Delegado | 0PD | EA |
19 (diecinueve) | Asesor | 1AS | 25 |
34 (treinta y cuatro) | Asesor | 1AS | 24 |
23 (veintitrés) | Asesor | 1AS | 22 |
33 (treinta y tres) | Asesor | 1AS | 21 |
17 (diecisiete) | Asesor | 1AS | 19 |
12 (doce) | Procurador Judicial II | 3PJ | EC |
27 (veintisiete) | Profesional Universitario | 3PU | 17 |
6 (seis) | Profesional Universitario | 3PU | 15 |
14 (catorce) | Secretario Procuraduría | 4SP | 13 |
13 (trece) | Sustanciador | 4SU | 11 |
12 (doce) | Auxiliar Administrativo | 5AM | 10 |
1 (un) | Oficinista | 5OF | 06 |
2 (dos) | Citador | 6CI | 04 |
PARÁGRAFO 1o. Por la naturaleza transicional de la Jurisdicción Especial para la Paz dada en el artículo 15 transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017 y la especial confianza exigida para el desarrollo de las funciones, los empleos que se crean en el presente artículo dentro de la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación serán de carácter transitorio y se clasifican como de libre nombramiento y remoción.
PARÁGRAFO 2o. La provisión de los cargos que se crean en el presente artículo, se realizará de acuerdo con la respectiva apropiación presupuestal.
ARTÍCULO 2o. El Procurador General de la Nación distribuirá, mediante acto administrativo motivado, los empleos creados por el presente decreto, teniendo en cuenta la estructura interna de la entidad y las necesidades del servicio.
ARTÍCULO 3o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2019 y modifica en lo pertinente el Decreto-ley 265 de 2000.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de agosto de 2018.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Enrique Gil Botero.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Liliana Caballero Durán
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