Última actualización: 15 de julio de 2024 - (Diario Oficial No. 52.797 - 24 de junio de 2024)
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[122] Sentencias C-495 de 2019, C-489 de 2019 y C-121 de 2012.

[123] Sentencias C-489 de 2019, C-176 de 2017, C-003 de 2017 y C-289 de 2012.

[124] Sentencia C-003 de 2017.

[125] Id.

[126] Sentencias C-289 de 2012 y C-205 de 2003.

[127] Sentencias C-276 de 2019, C-121 de 2012 y T-827 de 2005, entre otras.

[128] Sentencia C-003 de 2017.

[129] Sentencias C-121 de 2012 y C-251 de 2002.

[130] Sentencias C-121 de 2012 y C-271 de 2003.

[131] Sentencia C-203 de 2003.

[132] Sentencia C-495 de 2019.

[133] Sentencia C-003 de 2017.

[134] Comité de Derechos Humanos, Observación general adoptada con arreglo al párrafo 40 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Observación General Nº 13.

[135] Sentencia C-276 de 2019.

[136] Sentencia C-121 de 2012.

[137] Sentencia C-289 de 2012. "Lo segundo que es necesario precisar es que, de conformidad con la jurisprudencia constitucional reseñada, la garantía constitucional de la presunción de inocencia no sólo aplica dentro del proceso penal respectivo, sino que, en todos los ámbitos, las personas que no han sido condenadas penalmente tienen derecho a ser consideradas y tratadas como inocentes, lo que también aplica para la esfera laboral. Adicionalmente, como se vio, la naturaleza eminentemente preventiva y no sancionatoria de la detención preventiva implica necesariamente que la persona respecto de la cual se ha decretado esta medida sigue gozando de la garantía de la presunción de inocencia. De estas dos precisiones, se deriva que el soldado profesional que ha sido detenido preventivamente por más de 60 días debe ser tratado en la esfera laboral como una persona inocente, en virtud de la garantía constitucional de la presunción de inocencia".

[138] Sentencia C-349 de 2017.

[139] Id.

[140] Sentencia C-205 de 2003. Cfr. Sentencia C-495 de 2019. "Ante el incumplimiento de dicha carga, por ausencia, contradicción objetiva o insuficiencia de pruebas, la consecuencia natural de presumir la inocencia consiste en que las dudas razonables deben resolverse en favor del investigado".

[141] Sentencia C-349 de 2017. "No obstante, en ciertos campos del ordenamiento punitivo, tales como el derecho administrativo tributario, la jurisprudencia ha juzgado legítimo establecer excepcionalmente, y bajo condiciones precisas, presunciones parciales sobre algunos elementos del ilícito".

[142] Sentencia C-289 de 2012. Cfr. Sentencia C-003 de 2017. "De esta manera, para desvirtuar la presunción de inocencia se requiere acreditar la culpabilidad del individuo frente a un acto que sea sancionado en la ley como delito, en un proceso en el que se respeten las garantías constitucionales y legales tales como: (i) la exigencia de la existencia de un delito para la aplicación de una pena (nulla poena sine crimine); (ii) el principio de legalidad (nullum crimen sine lege); (iii) el principio de necesidad (nulla lex poenalis sine necessitate); (iv) el principio de lesividad (nulla necessitas sine iniuria); (v) el Derecho Penal de acto (nulla iniuria sine actione); (vi) el principio de culpabilidad (nulla actio sine culpa); (vii) el principio de jurisdiccionalidad (nulla culpa sine iudicio); (viii) el principio acusatorio (nullum iudicium sine accusatione); (ix) el debido proceso probatorio (nulla accusatio sine probatione); y (x) el derecho a la defensa (nulla probatio sine defensione)".

[143] Sentencia C-003 de 2017. "La enervación de la presunción de inocencia requiere entonces que se demuestre la culpabilidad del individuo, la cual se orienta por tres principios. (i) El principio de responsabilidad de acto, pues en un Estado Social de Derecho "sólo se permite castigar al hombre por lo que hace, por su conducta social, y no por lo que es, ni por lo que desea, piensa o siente". (ii) La responsabilidad derivada de la comisión de delitos es subjetiva, pues no hay acto sin voluntad, lo cual exige la configuración del elemento subjetivo del delito. Y (iii) se debe tener en cuenta el grado de culpabilidad para imposición de la pena, de tal manera que a su autor se le impone una sanción, mayor o menor, atendiendo a la entidad del juicio de exigibilidad. Es decir, la pena debe ser proporcional al grado de culpabilidad".

[144] Sentencia C-003 de 2017 y C-121 de 2012. Artículo 29 de la CP. "Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso".

[145] Sentencia C-489 de 2019.

[146] Id.

[147] Sentencia C-349 de 2017.

[148] Sentencia C-489 de 2019.

[149] Sentencia C-495 de 2019.

[150] Sentencia C-225 de 2017.

[151] Sentencia C-495 de 2019. Cfr. En las sentencias C-225 de 2017, C- 327 de 2016, C-435 de 2013 y C-010 de 2000, entre otras, la Corte ha sostenido que "el carácter absoluto de los derechos y las garantías sería incompatible con la vida en sociedad".

[152] Sentencia C-495 de 2019.

[153] Sentencia C-225 de 2017.

[154] Id.

[155] Sentencia C-225 de 2017. Cfr. Sentencia C-512 de 2013.

[156] Sentencia C-944 de 2012.

[157] Sentencia C-306 de 2012.

[158] Sentencia C-289 de 2012.

[159] Sentencia C-276 de 2019. "En ese sentido, es claro que el objeto de tales medidas preventivas no es el de sancionar al procesado, sino asegurar su comparecencia al proceso y el cumplimiento de los fines de la investigación". Cfr. Sentencia C-289 de 2012. "La persona detenida sigue gozando de la presunción de inocencia, pero permanece a disposición de la administración de justicia en cuanto existen razones, previamente contempladas por la ley, para mantenerla privada de su libertad mientras se adelanta el proceso, siendo claro que precisamente la circunstancia de hallarse éste en curso acredita que el juez competente todavía no ha llegado a concluir si existe responsabilidad penal".

[160] Sentencia C-003 de 2017.

[161] Sentencia C-176 de 2017.

[162] Sentencias C-176 de 2017 y C-1156 de 2003.

[163] Cfr. Sentencias C-101 de 2018, C-329 de 2009 y C-348 de 2004.

[164] Sentencia C-393 de 2019 y C-353 de 2009.

[165] Id.

[166] Sentencia C-176 de 2017. "(...) es decir, de aquellas relacionadas con la protección de principios, derechos y valores constitucionales, sin establecer vínculos con la comisión de faltas o la imposición de sanciones".

[167] Id.

[168] Id.

[169] Sentencia C-003 de 2017.

[170] Este inciso prevé que esta inhabilidad también aplica para las personas jurídicas "que hayan sido declaradas responsables administrativamente por la conducta de soborno transnacional".

[171] Estos delitos son: (i) soborno de funcionarios públicos nacionales (art. 15); (ii) soborno de funcionarios pu?blicos extranjeros y de funcionarios de organizaciones internacionales públicas (art. 16); (iii) malversacio?n o peculado, apropiacio?n indebida u otras formas de desviacio?n de bienes por un funcionario pu?blico (art. 17); (iv) tra?fico de influencias (art. 18); (v) abuso de funciones (art. 19); (vi) enriquecimiento ilícito (art. 20); (vii) soborno en el sector privado (art. 21); (viii) malversación o peculado de bienes en el sector privado (art. 22); (ix) blanqueo del producto del delito (art. 23); (x) encubrimiento (art. 24) y (xi) obstrucción a la justicia (art. 25), entre otros.

[172] Estos delitos son: (i) cohecho de servidores públicos extranjeros (art. 1) y (ii) lavado de dinero (art. 7).

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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
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