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LEY 1019 DE 2006

(febrero 28)

Diario Oficial No. 46.196 de 28 de febrero de 2006

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

<NOTA DE VIGENCIA: Ley INEXEQUIBLE>

Por medio de la cual se aprueba el “memorando de entendimiento entre el gobierno de Australia y el gobierno de Colombia sobre cooperación en el campo de la educación y la capacitación”, suscrito el seis (6) de agosto de 2002.

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Visto el texto del “Memorando de entendimiento entre el Gobierno de Australia y el Gobierno de Colombia sobre cooperación en el campo de la educación y la capacitación”, suscrito el seis (6) de agosto de 2002, que a la letra dice:

(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto íntegro del instrumento internacional mencionado).

PROYECTO DE LEY NUMERO 203 DE 2004 SENADO

por medio de la cual se aprueba el “Memorando de entendimiento entre el Gobierno de Australia y el Gobierno de Colombia sobre cooperación en el campo de la educación y la capacitación”, suscrito el seis (6) de agosto de 2002.

El Congreso de la República

Visto el texto del “Memorando de entendimiento entre el Gobierno de Australia y el Gobierno de Colombia sobre cooperación en el campo de la educación y la capacitación”, suscrito el seis (6) de agosto de 2002.

(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto íntegro del instrumento internacional mencionado).

MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE AUSTRALIA

Y EL GOBIERNO DE COLOMBIA SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO
DE LA EDUCACION Y LA CAPACITACION

Guiados por el deseo de realzar las amigables relaciones bilaterales entre ambas naciones en el campo de la educación y de la capacitación, y considerando la importacia de la educación como un factor de desarrollo económico, así como medio para estrechar los vínculos entre sus pueblos, el Gobierno de Australia y el Gobierno de Colombia (denominados en Adelante como las 'Partes”) suscriben los siguientes entendimientos:

PARAGRAFO 1

Este Memorando de Entendimiento sienta las bases del marco de trabajo dentro del cual las Partes deben considerar de manera conjunta los programas de cooperación en educación y capacitación sobre la base de la reciprocidad y del beneficio mutuo.

PARAGRAFO 2

Las Partes harán todo lo que esté a su alcance por fomentar y facilitar, según sea el caso y de conformidad con las leyes y reglamentaciones pertinentes de ambas Partes, el desarrollo de contactos y cooperación entre las agencias del gobierno, las instituciones educativas, organizaciones y demás entidades de Australia y de Colombia y el perfeccionamiento de otros convenios entre dichos organismos para llevar a cabo las actividades de cooperación.

Para tal fin, cada una de las Partes podrá:

a) Facilitar el intercambio de personal académico y estudiantes entre colegios e instituciones reconocidos de educación superior y vocacional;

b) Fomentar la asistencia mutua y el intercambio de información en áreas de interés en colegios de educación superior y vocacional;

c) Facilitar la organización de exhibiciones y seminarios especializados;

d) Respaldar el desarrollo de capacitación cooperativa, investigación conjunta, transferencia de tecnología y consorcios entre las respectivas autoridades e instituciones;

e) Promover el desarrollo de actividades conjuntas tendieres a la explotación de la tecnología de la información, en particular de Internet, en el campo de la educación;

f) Apoyar la creación de becas especialmente para estudios de postgrado, maestrías y PhD's en aquellas áreas de interés mutuo que conlleve a la formación del talento humano;

g) Fomentar el intercambio lingüístico entre los dos países y el perfeccionamiento de los idiomas, de tal forma que Australia apoye el desarrollo de Programas para la capacitación en el inglés y Colombia en el castellano;

 h) Intercambiar información sobre las instituciones que fomentan y regulen la educación entre sus países, academias de educación superior, Universidades y otras entidades educativas;

i) Disponer otras formas de cooperación en educación y capacitación que se determinen mutuamente.

PARAGRAFO 3

Los costos de las actividades de cooperación educación de acuerdo con este Memorando de Entendimiento serán financiados y determinados mutuamente y sujetos a la disponibilidad de los recursos.

PARAGRAFO 4

a) Este Memorando de Entendimiento entrará en vigor a partir de que las Partes se notifiquen mediante notas diplomáticas el cumplimiento de los requisitos legales internos necesarios para la entrada en vigor del presente Memorando;

b) Este Memorando de Entendimiento podrá ser terminado en cualquier momento por cualquiera de las Partes mediante aviso escrito de su intención, a la otra Parte. La terminación se hará efectiva un mes siguiente al aviso;

c) En caso de terminación de este Memorando de Entendimiento y salvo acuerdo al contrario, las disposiciones bajo el mismo continuarán vigentes hasta tanto se lleve a cabo hasta su terminación, la implementación de los procedimientos, planes y programas de cooperación que se hagan de acuerdo con este Memorando;

d) Este Memorando de Entendimiento podrá ser revisado o modificado mediante consentimiento mutuo. Todo cambio o modificación de este Memorando de Entendimiento podrá hacerse por acuerdo escrito entre las Partes;

e) Este Memorando de Entendimiento tendrá una vigencia de cinco años, luego de los cuales se renovará por otro período de cinco años, salvo acuerdo al contrario entre las Partes.

PARAGRAFO 5

Ambas Partes arreglarán, amigablemente y sin demora, mediante consultas, las discrepancias que surjan con respecto a este Memorando.

PARAGRAFO 6

Este Memorando de Entendimiento se suscribe en inglés y castellano, ambos textos igualmente auténticos el 6 de agosto del año 2002.

Por el Gobierno de Australia,

(Firma ilegible)

Por el Gobierno de Colombia,

(Firma ilegible)

RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Bogotá, D. C., 3 de septiembre de 2003

Aprobado. Sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional para los efectos constitucionales.

(FDO.) ÁLVARO URIBE VÉLEZ

La Ministra de Relaciones Exteriores,

(Fdo.) Carolina Barco Isakson.

DECRETA:

Artículo 1o. Apruébase el “MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE AUSTRALIA Y EL GOBIERNO DE COLOMBIA SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO DE LA EDUCACION Y LA CAPACITACION”, suscrito el seis (6) de agosto de 2002.

Artículo 2o. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o de la Ley 7ª de 1944, el “MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE AUSTRALIA Y EL GOBIERNO DE COLOMBIA SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO DE LA EDUCACION Y LA CAPACITACION”, suscrito el seis (6) de agosto de 2002, que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.

Artículo 3o. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Dada en Bogotá, D. C., a los...

Presentado al honorable Congreso de la República por la Ministra de Relaciones Exteriores y la Ministra de Educación Nacional.

La Ministra de Relaciones Exteriores,

CAROLINA BARCO ISAKSON

La Ministra de Educación Nacional,

CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Honorables Senadores y Representantes:

En nombre del Gobierno Nacional y en cumplimiento de los artículos 189 numeral 2, 150 numeral 16 y 224 de la Constitución Política, presentamos a consideración del Honorable Congreso de la República el Proyecto de Ley por medio de la cual se aprueba el “MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE AUSTRALIA Y EL GOBIERNO DE COLOMBIA SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO DE LA EDUCACION Y LA CAPACITACION”, suscrito el seis (6) de agosto de 2002.

CONSIDERACIONES PREVIAS

Las relaciones diplomáticas con Australia, fueron establecidas el 9 de septiembre de 1975. El punto de mayor acercamiento y de contacto político entre Colombia y Australia lo constituye su permanencia al “Grupo Cairns” en el seno de la Organización Mundial de Comercio, OMC, grupo que junto con 15 países más, buscan incentivar el desarrollo y la exportación de la producción del sector agrícola.

En el ámbito multilateral Australia hace parte de importantes foros regionales del Asia-Pacífico a los cuales Colombia ha manifestado su reiterado interés por ingresar: APEC, PECC y PBEC; estas instancias le permitirán al país en el futuro una mayor cooperación económica con la región del Asia Pacífica. Sin embargo, la negativa de algunos Estados Miembros de admitir nuevos países, ha afectado el progreso de la candidatura de Colombia de ser miembro en esos Foros; por ello la suscripción y aprobación de un Memorando de Entendimiento de esta naturaleza, será visto por Australia, como una claro testimonio de que Colombia asume sus compromisos internacionales con respeto y responsabilidad.

La tradición de inmigrantes sigue vigente en Australia a lo largo de sus 100 años de fundada (1901-2001) y la población latinoamericana tiene una colonia fuerte después de la asiática y europea en el territorio australiano, su permanencia ha fortalecido y enriquecido la diversidad cultural que consolida la identidad nacional de Australia.

La existencia en Australia de diversos pueblos indígenas que hablan más de cien idiomas distintos, la presencia de los colonizadores europeos, la influencia de la Commonwealth Británica, sumado a las distintas corrientes migratorias, hizo posible que la vigencia del principio de la tolerancia cultural y la armonía comunitaria prevaleciera en una comunidad diversa como la australiana.

El Gobierno colombiano ha observado en los últimos años el incremento de las relaciones de Australia con América Latina atendiendo la relevancia adquirida por los países del Asia-Pacífico y la dinámica del intercambio de bienes, servicios y personas. La solidaridad del pueblo australiano para con el colombiano se ha reflejado en el otorgamiento de becas, en la oferta de cupos universitarios para los estudiantes y en la posibilidad de vinculación laboral para cientos de compatriotas.

Australia es hoy en día uno de los países de más rápido crecimiento dentro del grupo de los países en desarrollo, su economía despegó gracias a los sectores agrícolas, ganaderos, mineros y comerciales, justo en etapas en las cuales se encuentran países como Colombia.

Uno de los más importantes canales de acercamiento entre Colombia y Australia es el área de la educación, visto claramente en la gran afluencia de estudiantes colombianos a las Universidades de ese país, con el objetivo de adelantar estudios tanto en el aprendizaje del inglés como para programas de educación superior. En agosto de 2002, los cálculos aproximados son de 1.432 estudiantes colombian os, el número más alto de Latinoamérica después de Brasil.

Datos recientes ofrecidos por el Consulado de Colombia en Sidney demuestran que las cifras aumentan cada año; es decir, en el 2001, 204 estudiantes colombianos realizaban, posgrado en diferentes áreas, -excluyendo los estudiantes de programas para aprender inglés-, en el 2002 ascendió a 331 el número de inscritos en posgrado. Estas estadísticas fueron obtenidas oficialmente por la institución encargada de la educación internacional en Australia -IDP- con base en la información suministrada por 39 universidades australianas. El informe indica además, que los programas de mayor aceptación para los colombianos después del inglés, son los relacionados con negocios, administración de empresas, economía y finanzas.

Con el propósito de buscar fórmulas para que estas oportunidades se puedan dar a un mayor número de estudiantes y también con el fin de atraer estudiantes australianos, capacitar a profesores colombianos, establecer alianzas entre centros educativos de educación superior, promover el establecimiento de carreras técnicas, y fomentar el intercambio bibliográfico, la transferencia tecnológica y la investigación conjunta, se firmó este instrumento bilateral que permitirá facilitar la consecución de dichos objetivos. Es de anotar que este es el primer convenio que Colombia suscribe con Australia.

El Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Icetex, manifestó al Ministerio de Relaciones Exteriores que el comportamiento de becas con Australia ha sido fructífero desde 1998 cuando se inició un acuerdo interinstitucional con la Universidad de Wollongong lo que ha permitido el proceso de internalización de la educación colombiana en el continente de Oceanía.

Por su parte, el Ministerio de Educación de Colombia, MEN, está convencido de que con la aprobación de este Memorando de Entendimiento se aprovecharán los conocimientos y la alta tecnología de Australia en la promoción y exportación de servicios educativos, programas de educación virtual y a distancia, acreditación de programas virtuales e indicadores de calidad en la gestión de las Instituciones de Educación Superior de Colombia.

Así mismo, otras entidades adscritas al Ministerio de Educación, como el Instituto Nacional para Ciegos, Inci, y el Instituto Nacional para Sordos, Insor, encuentran en este acuerdo, una herramienta útil para mejorar y fortalecer los programas en beneficio de la población discapacitada en Colombia. Gracias a la calidad, la experiencia y los logros alcanzados por Australia en el lenguaje de las señas y sus adelantos en cuanto a la capacitación de profesionales que atienden a personas con baja visión, se podrá iniciar un intercambio académico, como lo establece el Memorando de Entendimiento, en programas relacionados con la limitación visual y auditiva entre los dos países.

ESTRUCTURA E IMPORTANCIA DEL MEMORANDO

El Memorando se compone de un preámbulo y seis parágrafos.

En el preámbulo, se consignan las razones o motivos que dieron lugar a la suscripción del memorando como son el deseo de realzar las relaciones bilaterales en el campo de la educación y la capacitación, la importancia de la educación como factor de desarrollo económico y el propósito de contar con un instrumento que permita estrechar los vínculos entre sus pueblos.

Los parágrafos o cláusulas sustantivas constituyen las bases del marco de trabajo dentro del cual las partes considerarán, de manera conjunta, los programas de cooperación en educación y capacitación sobre la base de reciprocidad y beneficio mutuo.

Dentro del contexto del Memorando se destaca el deseo de las Partes por fortalecer los lazos de amistad existentes entre sus respectivos pueblos mediante el conocimiento y el intercambio de sus valores educativos.

Los aspectos más relevantes que contempla el presente Memorando puesto a consideración de los Honorables Senadores y Representantes son los siguientes:

1. Facilitar el intercambio de estudiantes entre reconocidas instituciones de educación superior.

2. Animar la asistencia mutua y el intercambio de información en áreas de interés para instituciones en educación superior.

3. Facilitar la organización de exhibiciones y seminarios especializados.

4. Apoyar la colaboración mutua para el entrenamiento, investigación, transferencia de tecnología y empresas de riesgo compartido entre las instituciones y autoridades respectivas de cada país.

5. Promover el desarrollo de actividades comunes que conducen a la explotación de la tecnología de información, especialmente el Internet, en el campo de la educación.

6. Prestar ayuda a los estudiantes, especialmente para estudios de posgrado y maestría, en áreas de interés mutuo, con el fin de contribuir al desarrollo del recurso humano y social de ambos países.

7. Promover los intercambios lingüísticos con el fin de desarrollar programas para colombianos de inglés en Australia y programas de castellano para australianos en Colombia.

8. Intercambiar información sobre las instituciones que fomentan y regulan la educación entre s us países, instituciones de educación superior, y otras entidades educativas.

De otra parte, el instrumento prevé claramente que los costos de las actividades de cooperación y educación serán financiados y determinados mutuamente y sujetos a la disponibilidad de los recursos.

Para el interés nacional reviste singular importancia las cláusulas de este instrumento internacional, destinado a hacer efectivas, en el campo de la educación, el desarrollo del pueblo colombiano y de las buenas relaciones entre los dos países.

Por las anteriores consideraciones, el Gobierno Nacional, a través de la Ministra de Relaciones Exteriores y de la Ministra de Educación Nacional, solicita al Honorable Congreso Nacional aprobar el “MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE AUSTRALIA Y EL GOBIERNO DE COLOMBIA SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO DE LA EDUCACION Y LA CAPACITACION”, suscrito el seis (6) de agosto de 2002.

Honorables Senadores y Representantes

La Ministra de Relaciones Exteriores,

CAROLINA BARCO.

La Ministra de Educación Nacional,

CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE.

LEY 424 DE 1998

(enero 13)

por la cual se ordena el seguimiento a los convenios
internacionales suscritos por Colombia.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1o. El Gobierno Nacional a través de la Cancillería presentará anualmente a las Comisiones Segundas de Relaciones Exteriores de Senado y Cámara, y dentro de los primeros treinta días calendario posteriores al período legislativo que se inicia cada 20 de julio, un informe pormenorizado acerca de cómo se están cumpliendo y desarrollando los Convenios Internacionales vigentes suscritos por Colombia con otros Estados.

Artículo 2o. Cada dependencia del Gobierno nacional encargada de eje cutar los Tratados Internacionales de su competencia y requerir la reciprocidad en los mismos, trasladará la información pertinente al Ministerio de Relaciones Exteriores y este, a las Comisiones Segundas.

Artículo 3o. El texto completo de la presente ley se incorporará como anexo a todos y cada uno de los Convenios Internacionales que el Ministerio de Relaciones Exteriores presente a consideración del Congreso.

Artículo 4o. La presente ley rige a partir de su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

AMYLKAR ACOSTA MEDINA

El Secretario General del honorable Senado de la República,

PEDRO PUMAREJO VEGA

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

CARLOS ARDILA BALLESTEROS

El Secretario General de la honorable Cámara de Represen-tantes,

DIEGO VIVAS TAFUR

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y ejecútese.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 13 de enero de 1998.

ERNESTO SAMPER PIZANO

La Ministra de Relaciones Exteriores,

MARÍA EMMA MEJÍA VÉLEZ.

RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Bogotá, D. C., 3 de septiembre de 2003.

Aprobado. Sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional para los efectos constitucionales,

(FDO.) ÁLVARO URIBE VÉLEZ

La Ministra de Relaciones Exteriores,

(FDO.) CAROLINA BARCO ISAKSON.

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Apruébase el “MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE AUSTRALIA Y EL GOBIERNO DE COLOMBIA SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO DE LA EDUCACION Y LA CAPACITACION”, suscrito el seis (6) de agosto de 2002.

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ARTÍCULO 2o. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o de la Ley 7ª de 1944, el “MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE AUSTRALIA Y EL GOBIERNO DE COLOMBIA SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO DE LA EDUCACION Y LA CAPACITACION”, suscrito el seis (6) de agosto de 2002, que por el artículo 1o de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.

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ARTÍCULO 3o. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

La Presidenta del honorable Senado de la República,

CLAUDIA BLUM DE BARBERI.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

JULIO E. GALLARDO ARCHBOLD.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

ANGELINO LIZCANO RIVERA.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Comuníquese y cúmplase.

Ejecútese, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política.

Dada en Bogotá, D. C., a 28 de febrero de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Viceministro de Relaciones Exteriores encargado de las funciones del despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores,

CAMILO REYES RODRÍGUEZ.

SENADO DE LA REPUBLICA

Secretaría General (Art. 139 y ss. Ley 5ª de 1992)

El día 25 del mes de marzo del año 2004 se radicó en este Despacho el Proyecto de ley número 203, con todos y cada uno de los requisitos constitucionales y legales, por el doctor Camilo Reyes, Viceministro de Relaciones Exteriores. (E.)

El Secretario General,

EMILIO OTERO DAJUD.

SENADO DE LA REPUBLICA

SECRETARIA GENERAL

Tramitación de Leyes

Bogotá, D. C., marzo 25 de 2004

Señor Presidente:

Con el fin de que se proceda a repartir el Proyecto de ley número 203 de 2004 Senado, por medio de la cual se aprueba el “Memorando de Entendimiento entre el Gobierno de Australia y el Gobierno de Colombia sobre Cooperación en el Campo de la Educación y la Capacitación” suscrito el seis (6) de agosto de 2002, me permito pasar a su despacho el expediente de la mencionada iniciativa que fue presentada en el día de hoy ante Secretaría Gene ral. La materia de que trata el mencionado proyecto de ley es competencia de la Comisión Segunda Constitucional Permanente de conformidad con las disposiciones reglamentarias y de ley.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

EMILIO OTERO DAJUD.

PRESIDENCIA DEL HONORABLE SENADO
DE LA REPUBLICA

Bogotá, D. C., marzo 25 de 2004

De conformidad con el informe de Secretaría General, dese por repartido el proyecto de ley de la referencia a la Comisión Segunda Constitucional y envíese copia del mismo a la Imprenta Nacional con el fin de que sea publicado en la Gaceta del Congreso.

Cúmplase.

El Presidente del honorable Senado de la República,

GERMÁN VARGAS LLERAS.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

EMILIO OTERO DAJUD.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
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