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DECRETO 1252 DE 1994

(20 junio)

Diario Oficial No. 41.399, de 21 de junio de 1994

<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>

MINISTERIO DE GOBIERNO

Por el cual se adiciona el Decreto 1179 de 1994.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 215 de la Constitución Política y en desarrollo del decreto 1178 de 1994,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto 1178 de 1994 se declaró el estado de emergencia por el término de quince días calendarios con el fin de conjurar y evitar la extensión de los efectos de la crisis producida por razón de la calamidad pública que se presentó en varios municipios de los Departamentos de Huila y Cauca.

Que en ejercicio de las facultades previstas por el artículo 215 de la Constitución Política, por Decreto 1179 de 1994 se creó la "Corporación para la Reconstrucción de la Cuenca del Río Páez y zonas aledañas, Corpopaeces";

Que es indispensable prever disposiciones de carácter transitorio que permitan asegurar el funcionamiento de la Corporación mencionada a la mayor brevedad.

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Mientras se conforma el Consejo Directivo de la Corporación y adopta la planta de personal definitiva de la misma, el Gobierno Nacional mediante decreto adpotará en forma provisional la planta de personal de la Corporación.

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ARTÍCULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 20 de junio de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

FABIO VILLEGAS RAMÍREZ,

Ministro de Gobierno;

NOEMÍ SANÍN DE RUBIO,

Ministra de Relaciones Exteriores;

ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ,

Ministro de Justicia y del Derecho;

RUDOLF HOMMES RODRÍGUEZ,

Ministro de Hacienda y Crédito Público;

RAFAEL PARDO RUEDA,

Ministro de Defensa Nacional;

JOSÉ ANTONIO OCAMPO GAVIRIA,

Ministro de Agricultura;

JOSÉ ELÍAS MELO ACOSTA,

Ministro de Trabajo y Seguridad Social;

JUAN LUIS LONDOÑO DE LA CUESTA,

Ministro de Salud,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA,

Ministro de Desarrollo Económico;

GUIDO NULE AMÍN,

Ministro de Minas y Energía;

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN,

Ministro de Comercio Exterior;

MARUJA PACHÓN DE VILLAMIZAR,

Ministra de Educación Nacional;

MANUEL CIPRIANO RODRÍGUEZ BECERRA,

Ministro del Medio Ambiente;

WILLIAM JARAMILLO GOMÉZ,

Ministro de Comunicaciones;

JORGE BENDECK OLIVELLA,

Ministro de Transporte.

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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
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