Última actualización: 16 de Diciembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.956 - 30 de Noviembre de 2024)
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ARTICULO 550. <CURADOR DEL DEMENTE>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 551. <CONYUGE CURADORA>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 552. <PLURALIDAD DE CURADORES DEL DEMENTE>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 553. <ACTOS Y CONTRATOS DEL INTERDICTO POR DEMENCIA>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 554. <LIBERTAD PERSONAL DEL DEMENTE>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 555. <DESTINACION DE LOS BIENES DEL DEMENTE>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 556. <REHABILITACION DEL DEMENTE>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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TITULO XXIX.

REGLAS ESPECIALES RELATIVAS A LA CURADURIA DEL SORDOMUDO

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ARTICULO 557. <CLASES DE CURADURIA DEL SORDOMUDO>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 558. <EXTENSION NORMATIVA>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 559. <DESTINACION DE LOS BIENES DEL SORDOMUDO>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 560. <CESACION DE LA CURADURIA DEL SORDOMUDO>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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TITULO XXX.

DE LA CURADURIA DE BIENES

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ARTICULO 561. <CURADURIA DE BIENES>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 562. <PERSONAS QUE PUEDEN PROVOCAR LA CURADURIA>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 563. <CURADORES DE BIENES>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 564. <ACTUACION DEL DEFENSOR>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 565. <Artículo derogado por el artículo 70 del Decreto 2820 de 1974.>

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ARTICULO 566. <Artículo derogado por el artículo 70 del Decreto 2820 de 1974.>

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ARTICULO 567. <PROCURADOR>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 568. <BUSQUEDA DEL AUSENTE>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 569. <CURADOR DE HERENCIA YACENTE>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 570. <CURADOR DE HERENCIAS CON EXTRANJEROS>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 571. <DESIGNACION DEL CURADOR>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 572. <VENTA DE LOS BIENES HEREDITARIOS>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 573. <CURADOR TESTAMENTARIO>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 574. <CURADURIA DE LOS DERECHOS DEL HIJO POSTUMO>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 575. <LIMITES DEL CURADOR DE BIENES>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 576. <PROHIBICIONES ESPECIALES DEL CURADOR>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 577. <VALIDACION DE ACTOS PROHIBIDOS>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 578. <OBLIGACIONES JUDICIALES DE LOS CURADORES DE BIENES>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 579. <CESACION DE LA CURADURIA DE BIENES>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 580. <CESACION DE LA CURADURIA DEL HIJO POSTUMO Y DE BIENES>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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TITULO XXXI.

DE LOS CURADORES ADJUNTOS

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ARTICULO 581. <FACULTADES DE LOS CURADORES ADJUNTOS>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 582. <INDEPENDENCIA DE LOS CURADORES ADJUNTOS>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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TITULO XXXII.

DE LOS CURADORES ESPECIALES

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ARTICULO 583. <CURADURIA AD - LITEM>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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ARTICULO 584. <OBLIGACIONES DEL CURADOR ESPECIAL>. <Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009>

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TITULO XXXIII.

DE LAS INCAPACIDADES Y EXCUSAS PARA LA TUTELA O CURADURIA

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
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