Última actualización: 30 de octubre de 2025 - (Diario Oficial No. 53.285 - 26 de octubre de 2025)
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ARTÍCULO 322. <Artículo derogado por el artículo 65 de la Ley 153 de 1887>

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ARTÍCULO 323. <Artículo derogado por el artículo 65 de la Ley 153 de 1887>

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ARTÍCULO 324. <Artículo derogado por el artículo 65 de la Ley 153 de 1887>

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ARTÍCULO 325. <Artículo derogado por el artículo 65 de la Ley 153 de 1887>

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ARTÍCULO 326. <Artículo derogado por el artículo 65 de la Ley 153 de 1887>

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ARTÍCULO 327. <Artículo derogado por el artículo 65 de la Ley 153 de 1887>

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ARTÍCULO 328. <Artículo derogado por el artículo 45 de la Ley 57 de 1887.>

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ARTÍCULO 329. <Artículo derogado por el artículo 45 de la Ley 57 de 1887.>

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ARTÍCULO 330. <Artículo derogado por el artículo 65 de la Ley 153 de 1887>

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ARTÍCULO 331. <Artículo derogado por el artículo 65 de la Ley 153 de 1887>

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ARTÍCULO 332. <Artículo derogado por el artículo 45 de la Ley 57 de 1887.>

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TÍTULO XVII.

DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS ENTRE LOS PADRES Y LOS HIJOS NATURALES.

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ARTÍCULO 333. <Artículo derogado por el artículo 65 de la Ley 153 de 1887.>

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ARTÍCULO 334. <Artículo derogado por el artículo 65 de la Ley 153 de 1887.>

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TÍTULO XVIII.

DE LA MATERNIDAD DISPUTADA.

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ARTÍCULO 335. <IMPUGNACIÓN DE LA MATERNIDAD>. La maternidad, esto es, el hecho de ser una mujer la verdadera madre del hijo que pasa por suyo, podrá ser impugnada probándose falso parto, o suplantación del pretendido hijo al verdadero. Tienen el derecho de impugnarla:

1o) El marido de la supuesta madre y la misma madre supuesta, para desconocer la legitimidad del hijo.

2o) Los verdaderos padre y madre legítimos del hijo para conferirle a él, o a sus descendientes legítimos, los derechos de familia en la suya.

3o) La verdadera madre para exigir alimentos al hijo.

Jurisprudencia Vigencia
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ARTÍCULO 336. <OPORTUNIDAD PARA IMPUGNAR>. <Artículo derogado por el artículo 12 de la Ley 1060 de 2006.>

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ARTÍCULO 337. <TERCEROS TITULARES DE LA ACCIÓN>. <Artículo modificado por el artículo 13 de la Ley 1060 de 2006. El nuevo texto es el siguiente:> Se concederá también esta acción a toda otra persona a quien la maternidad putativa perjudique actualmente en sus derechos sobre sucesión testamentaria o abintestato de los supuestos padre o madre.

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ARTÍCULO 338. <FALSO PARTO>. A ninguno de los que hayan tenido parte en el fraude de falso parto o de suplantación, aprovechará en manera alguna el descubrimiento del fraude, ni aun para ejercer sobre el hijo los derechos de patria potestad o para exigirle alimentos, o para suceder en sus bienes por causa de muerte.

TÍTULO XIX.

DE LA HABILITACIÓN DE LA EDAD.

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ARTÍCULO 339. <Artículo derogado por la Ley 27 de 1977, la cual fijó la mayoría de edad a los 18 años.>

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ARTÍCULO 340. <Artículo derogado por la Ley 27 de 1977, la cual fijó la mayoría de edad a los 18 años.>

Notas del Editor
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ARTÍCULO 341. <Artículo derogado por la Ley 27 de 1977, la cual fijó la mayoría de edad a los 18 años.>

Notas del Editor
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ARTÍCULO 342. <Artículo derogado por la Ley 27 de 1977, la cual fijó la mayoría de edad a los 18 años.>

Notas del Editor
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ARTÍCULO 343. <Artículo derogado por la Ley 27 de 1977, la cual fijó la mayoría de edad a los 18 años.>

Notas del Editor
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ARTÍCULO 344. <Artículo derogado por la Ley 27 de 1977, la cual fijó la mayoría de edad a los 18 años.>

Notas del Editor
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ARTÍCULO 345. <Artículo derogado por la Ley 27 de 1977, la cual fijó la mayoría de edad a los 18 años.>

Notas del Editor
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TÍTULO XX.

DE LAS PRUEBAS DEL ESTADO CIVIL.

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ARTÍCULO 346. <Artículo derogado por el artículo 123 del Decreto 1260 de 1970.>

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ARTÍCULO 347. <Artículo derogado por el artículo 123 del Decreto 1260 de 1970.>

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ARTÍCULO 348. <Artículo derogado por el artículo 123 del Decreto 1260 de 1970.>

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ARTÍCULO 349. <Artículo derogado por el artículo 123 del Decreto 1260 de 1970.>

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ARTÍCULO 350. <Artículo derogado por el artículo 123 del Decreto 1260 de 1970.>

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ARTÍCULO 351. <Artículo derogado por el artículo 123 del Decreto 1260 de 1970.>

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ARTÍCULO 352. <Artículo derogado por el artículo 123 del Decreto 1260 de 1970.>

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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
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