[40] La Universidad Externado de Colombia.
[41] Fl. 52, Cdno. 1.
[42] Fl. 122, Cdno. 1.
[43] Cfr., sentencias C-505 de 1995, C-471 de 1997, C-480 de 1998, C-521 de 1999, C-774 de 2001, C-758 de 2004, C-335 de 2005, C-825 de 2006, C-801 de 2008, C-309 de 2009, C-241 de 2014 y C-094 de 2015.
[44] De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 71 y 72 del Código Civil, el artículo 3 de la Ley 153 de 1887, la derogación de las leyes puede ser expresa, tácita u orgánica. La primera opera cuando la nueva ley suprime formalmente la anterior; la segunda, cuando la norma posterior tiene disposiciones incompatibles con las disposiciones de la antigua; y la tercera, cuando la ley nueva regula íntegramente la materia referida en la disposición anterior. Al respecto, ver, entre otras, las sentencias C-229 de 2015; del 28 de marzo de 1994 (GJ 2415) de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y del 1 de agosto de 2016 (21313) de la Sección Cuarta del Consejo de Estado.
[45] Cfr., sentencias C-714 de 2009, C-094 de 2015 y C-336 de 2016.
[46] Cfr., sentencias C-818 y C-634 de 2011 y C-212 de 2017.
[47] Sentencia C-1144 de 2000.
[48] Todo, claro está, sin perjuicio de las competencias constitucionales de la Corte para ejercer control previo en algunos asuntos, como las leyes estatutarias y las aprobatorias de tratados internacionales, entre otras.
[49] Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022.