[450] Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, considerando 1.
[451] Sentencia C-242 de 2006.
[452] Informe de pruebas MinMinas, pág. 15.
[453] Informe de pruebas MinMinas, pág. 39.
[454] Traducción propia de: International Renewable Energy Agency (2018). Renewable Energy Policies in a Time of Transition, pág. 14.
[455] Intervención CEDEC, pág. 22.
[456] Informe de pruebas MinMinas, pág. 23.
[457] Id.
[458] Tabla tomada de: Informe de pruebas MinMinas, pág. 23.
[459] https://www1.upme.gov.co/PromocionSector/Subastas-largo-plazo/Paginas/Subasta-CLPE-No-02-2019.aspx
[460] UPME, Informe Subasta CLPE No. 02 de 2019 y su mecanismo complementario. Adjuntado con Informe de pruebas MinMinas, pág. 2.
[461] Ver, tabla en el párr. 185 supra.
[462] Informe de pruebas CREG, pág. 32. "En lo referente a las posibles falencias y/o riesgos de la matriz energética de Colombia, teniendo en cuenta la composición actual presentada en la respuesta al punto anterior, podemos señalar las siguientes: -Baja diversificación, dado que está fundamentada en dos tecnologías: plantas hidráulicas y plantas térmicas. - Dada la alta participación de la generación hidráulica, el efecto en la disminución de los aportes por la presencia del fenómeno climático denominado fenómeno de El Niño, es un riesgo latente. La logística para el abastecimiento de combustibles, fundamentalmente gas y líquidos, para las plantas térmicas son procesos complejos que pueden tener riesgos frente al suministro oportuno del combustible para atender condiciones críticas".
[463] Informe de pruebas MinMinas, pág. 37.
[464] Id., pág. 36.
[465] Id., pág. 35.
[466] Id.
[467] Informe de pruebas MinMinas, pág. 37.
[468] Id.
[469] Informe de pruebas UPME, pág. 16.
[470] Informe de pruebas MinMinas, pág. 38. Ver también, Informe de pruebas CREG, pág. 32.
[471] UPME, Estudio de Integración de Energías Renovables, 2015. Consultado en http://www.upme.gov.co/Estudios/2015/Integracion_Energias_Renovables/INTEGRACION_ENERGIAS_RENOVANLES_WEB.pdf
[472] Id.
[473] Gráfica tomada de: Informe de pruebas MinMinas, pág. 38.
[474] Id., pág. 41.
[475] Id., pág. 35.
[476] Informe de pruebas MinMinas, pág. 42.
[477] Id., pág. 42.
[478] Id.
[479] Id., pág. 41.
[480] Id., pág. 45.
[481] Sentencias C-220 de 2017 y C-345 de 2019, entre muchas otras.
[482] Superintendencia de Industria y Comercio, Resolución 40590 de 2019.
[483] Superintendencia de Industria y Comercio, Resolución 554 de 2014.
[484] Informe de pruebas MinMinas, pág. 14.
[485] Informe de pruebas MinMinas, pág. 39.
[486] Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. NDC actualizada de Colombia. 10 de diciembre de 2020.
[487] Traducción propia de: Gregory Mankiw, Principles of economics, Clengage Learning, 2015, 7th edition, pág. 206.
[488] Id, pág. 22.
[489] Documento CREG 156 de 2016, citado por: Informe de pruebas MinMinas, pág. 37.
[490] Gráficas tomadas de: Informe de pruebas MinMinas, pág. 36.
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.