
La primera vicepresidenta del Senado, Nidia Osorio, es la autora de la iniciativa
Bogotá D.C., 27 de abril de 2016. (Comunicaciones Secretaría Senado). Se radicó un proyecto de ley ante la Secretaría del Senado que pretende resocializar a las personas privadas de la libertad tan pronto cumplan con su condena.
La autora del proyecto, actual vicepresidenta de la corporación Nidia Osorio, explicó el fondo de la iniciativa y dijo que se trata de la Dignidad Humana, de permitir la resocialización como objetivo final de la pena para las personas privadas de la libertad y que estas condiciones realmente se cumplan.
“Estamos entonces generando unos mecanismos para que los empresarios regulen con sus utilidades a invertir en las condiciones, hoy lamentables, que tienen nuestras cárceles en infraestructura, en adecuación sanitaria y que esa inversión favorezca a estas personas y tengan un tratamiento diferente en todo sentido” expuso la senadora Osorio.
El objeto del proyecto de ley es establecer mecanismos para mejorar las condiciones del sistema carcelario y penitenciario de Colombia, con principios inspiradores como la dignidad humana, la resocialización como fin primordial de las penas y el respeto por los derechos de las personas privadas de la libertad en lo que concierne a su integridad física y mental, así como la prohibición de tratos crueles, inhumanos y degradantes.
El proyecto contempla que las empresas o industrias nacionales o extranjeras que vinculen personas recluidas en establecimientos penitenciarios y carcelarios, a través de convenio con el INPEC, para que presten sus servicios en el desarrollo de actividades propias del giro ordinario de sus negocios, en un mínimo del 10% del total de su nómina, y que estén obligados a presentar declaración de renta y complementarios, podrán deducir de su renta hasta el 100% del valor de la remuneración pactada a los internos vinculados, así como los costos del transporte de mercancías, bienes o servicios desde o para el centro de reclusión durante el año gravable, mientras subsista la condición de personas privadas de la libertad y hasta el año siguiente a la puesta en libertad de los condenados.