CAPITOLIO NACIONAL - PLAZA DE BOLIVAR VISTA NOCTURNA
CAPITOLIO NACIONAL - Patio Tomás Cipriano de Mosquera en el 20 de julio.
CAPITOLIO NACIONAL - PLAZA DE BOLIVAR
CAPITOLIO NACIONAL - PATIO TOMAS CIPRIANO DE MOSQUERA

ELECCIÓN CONTRALOR

 

 

ELECCIÓN CONTRALOR

1990-2014

 

Artículo 23 Ley 5a de 1992

 

Artículo 23: ELECCIÓN. Su elección se hará mediante el procedimiento siguiente:

 

  1. Los candidatos serán presentados en los primeros quince (15) días siguientes a la instalación de las sesiones, en el cuatrienio legislativo.

 

La elección se efectuará en el primer mes de sesiones, de terna integrada por candidatos presentados así: Uno por la Corte Constitucional, uno por la Corte Suprema de Justicia y uno por el Consejo de Estado.

 

  1. Declarada abierta la sesión por el Presidente del Congreso, se pondrá a la consideración de los Congresistas presentes la terna de candidatos y se procederá a la elección.

 

PARÁGRAFO. En el caso de vacancia absoluta se procederá a nueva elección.

 

 

 

No.

 

 

CONTRALOR  ELECTO

 

 

FECHA DE ELECCIÓN

 

 

PERIODO

 

 

GACETA No.

 

 

1

 

 

Manuel Francisco Becerra Barney

 

 

 

Agosto 27 de 1990

 

 

1990-1994

 

 

Pendiente

Información

 

 

2

 

David Turbay Turbay

  

Agosto 29 de 1994

 

1994-1998

 

 

Pendiente

Información

 

 

3

 

Carlos Ossa Escobar

 

Agosto 19 de 1998

 

1998 – 2002

 

 

173 de 1996

271 de 1996

334 de 1996

227 de 1998

 

 

4

 

Antonio Hernández Gamarra

 

  

Agosto 21 de 2002

 

 

2002-2006

 

 

354 de 2002

 

 

5

 

Julio César Turbay Quintero

 

 

Agosto 2 de 2006

 

2006 -2010

 

 

 

463 de 2006

 

 

6

 

Sandra Morelli

 

 

Agosto 19 de 2010

 

2010-2014

 

 

674/2010

 

 

7

 

Edgardo José Maya Villazón

 

Agosto 19 de 2014

 

2014-2018

 

529/2014

ELECCIÓN CONTRALOR

2018-2022

 

LEY 1904

Por la cual se establecen las reglas de la convocatoria pública previa a la elección de Contralor General de la República por el Congreso de la República.

ARTÍCULO 3o. ELECCIÓN DEL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA. De una lista de diez (10) elegibles previamente seleccionados por la Comisión definida por esta ley el Congreso elegirá al Contralor General de la República en el primer mes de las sesiones ordinarias, por mayoría absoluta de los votos de sus miembros y para un período institucional igual al del Presidente de la República.

PARÁGRAFO 1. En caso de que ninguno de los candidatos obtenga la mayoría absoluta se realizará una segunda votación entre los dos candidatos que obtuvieron las más altas votaciones.

PARÁGRAFO 2. La lista de elegibles en lo posible respetará los criterios de equidad de género.

 

 

 

No.

 

 

CONTRALOR  ELECTO

 

 

FECHA DE ELECCIÓN

 

 

PERIODO

 

 

GACETA No.

 

 

 

1

Audiencia Candidatos a Contralor General

Andrés Felipe Córdoba Larrarte

Agosto 14 de 2018

 Agosto 20 de 2018

 

2018-2022

     

1006-2018 

897/2018

 

 
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