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LEY 2497 DE 2025

(julio 28)

Diario Oficial No. 53.198 de 31 de julio de 2025

Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta Nacional de Colombia el 1 de agosto de 2025

PODER PÚBLICO – RAMA LEGISLATIVA

Por la cual se autoriza al Banco de la República para emitir en el territorio colombiano una especie monetaria de curso legal con fines conmemorativos o numismáticos para los veteranos de la fuerza pública.

EL CONGRESO DE COLOMBIA,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente ley tiene por objeto autorizar al Banco de la República para emitir en el territorio colombiano una especie monetaria de curso legal con fines conmemorativos o numismáticos para los veteranos de la Fuerza Pública.

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ARTÍCULO 2o. AUTORIZACIÓN. Autorícese al Banco de la República para emitir en el territorio colombiano una especie monetaria de curso legal con fines conmemorativos o numismáticos para los veteranos de la Fuerza Pública.

PARÁGRAFO 1o. La definición de veteranos de la Fuerza Pública es aquella a que se refiere el artículo 2o de la Ley 1979 de 2019.

PARÁGRAFO 2o. La especie monetaria de curso legal emitida en conmemoración de los veteranos de la Fuerza Pública conmemora el Día del Veterano establecido en el artículo 8o de la Ley 1979 de 2019.

PARÁGRAFO 3o. El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Defensa o la entidad competente, destinará un porcentaje de los ingresos obtenidos por la venta de la moneda conmemorativa a fortalecer programas de bienestar para los veteranos de la Fuerza Pública, en áreas como salud, educación y apoyo a emprendimientos. Para ello, el Ministerio reglamentará la administración y ejecución de estos recursos, garantizando su destinación exclusiva a los beneficiarios.

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ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente ley rige a partir de su publicación.

El Presidente del Honorable Senado de la República

Efraín Cepeda Sarabia.

El Secretario General del Honorable Senado de la República,

Diego Alejandro González González.

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,

Jaime Raúl Salamanca Torres.

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,

Jaime Luis Lacouture Peñaloza.

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada, a 28 de julio de 2025.

GUSTAVO PETRO URREGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Germán Ávila Plazas.

El Ministro de Defensa Nacional,

Pedro Arnulfo Sánchez Suárez.

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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241]
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