LEY 2403 DE 2024
(agosto 2)
Diario Oficial No. 52.836 de 2 de agosto de 2024
PODER PÚBLICO - RAMA LEGISLATIVA
Por medio del cual la Nación se asocia a la conmemoración de los cien años de existencia de la Contraloría General de la República, se exalta su aporte al desarrollo del país y se dictan otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente ley tiene por objeto asociar a la Nación en el centenario de vida administrativa de la máxima entidad de control fiscal, mediante un homenaje público a la Contraloría General de la República.
ARTÍCULO 2o. RECONOCIMIENTO Y EXALTACIÓN A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. La Nación hacé un reconocimiento a la Contraloría General de la República y exalta sus aportes al desarrollo del país en el ámbito institucional, económico, social, ambiental y cultural, mediante la promoción del mejoramiento de la gerencia pública, de la ejecución de las políticas públicas, de la correcta destinación y ejecución del erario, fomentando buenas prácticas en materia de prevención, detección y resarcimiento del daño fiscal, promoviendo escenarios de participación ciudadana para ejercer control social sobre la gestión de las entidades del Estado, de los particulares que administran recursos públicos y de la misma Contraloría.
ARTÍCULO 3o. COMPROMISO DE LA NACIÓN CON LAS ACTIVIDADES DEL CENTENARIO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. La Nación se asocia a las actividades académicas, culturales e institucionales con miras a trazar una agenda de desarrollo de la vigilancia y control fiscal con motivo del centenario de la Contraloría General de la República.
ARTÍCULO 4o. DIFUSIÓN ACADÉMICA DE LA LABOR DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. El Centro de Estudios Fiscales de la Contraloría General de la República, en coordinación con el Centro de Investigaciones y Altos Estudios Legislativos Jorge Aurelio Iragorri Hormaza (CAEL), desarrollarán contenidos actividades académicas con la finalidad de difundir la memoria institucional, evolución y contribución de la Contraloría en el desarrollo de la vida administrativa del país.
El CAEL organizará un seminario de difusión académica para el personal del Congreso de la República y entregará un informe que contenga las memorias y recomendaciones en materia normativa para el fortalecimiento del control fiscal en el país.
ARTÍCULO 5o. CREACIÓN DE LA MEDALLA EDWIN WALTER KEMMERER. Créase la medalla Edwin Walter Kemmerer, como homenaje inspirador de la actual Contraloría General de la República, que será otorgada por el Contralor General de la República anualmente a personas o instituciones que se distingan por su representatividad y sus aportes pasados y presentes a la vigilancia y el control fiscal en Colombia, en América y en el mundo, para lo cual deberá emitir los actos administrativos internos correspondientes, con las razones que justifiquen su otorgamiento.
El Contralor General de la República, mediante acto administrativo reglamentará la materia.
ARTÍCULO 6o. MEMORIA INSTITUCIONAL. Encárguese a la Contraloría General de la República ordenar la elaboración de una placa conmemorativa de su centenario que se instalará en la sede principal de la ciudad de Bogotá en acto solemne.
La Contraloría General de la República publicará una edición digital especial que conmemore la evolución e importancia de la entidad para la vida institucional del país. A su vez, difundirá en la página web de todas las oficinas regionales de la contraloría el contenido de la edición digital conmemorativa y se convocará a los demás órganos de control del Estado colombiano para que realicen la publicación en sus páginas web. La publicación digital estará disponible en todas las bibliotecas públicas del país.
ARTÍCULO 7o. VIGENCIA. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
El Presidente del Honorable Senado de la República,
IVÁN LEONIDAS NAME VÁSQUEZ.
El Secretario General del Honorable Senado de la República,
GREGORIO ELJACH PACHECO.
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,
ANDRÉS DAVID CALLE AGUAS.
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA.
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada a 2 de agosto de 2024.
GUSTAVO PETRO URREGO
El Ministro del Interior,
JUAN FERNANDO CRISTO BUSTOS.
EL Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RICARDO BONILLA GONZÁLEZ.
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.