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LEY 2192 DE 2022

(enero 6)

Diario Oficial No. 51.909 de 6 de enero de 2022

PODER PÚBLICO - RAMA LEGISLATIVA

Por la cual se establece el primero (1) de agosto, Día de la emancipación del Pueblo Raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, como el Día Nacional del Pueblo Raizal.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Establézcase el primero (1) de agosto, Día de la Emancipación del Pueblo Raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, como el Día Nacional del Pueblo Raizal.

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ARTÍCULO 2o. En homenaje a los ciento ochenta y siete (187) años de la primera emancipación de los esclavizados en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, ocurrida el 1 de agosto de 1834, y en reconocimiento a los aportes significativos del Pueblo Raizal a la construcción de la Nación colombiana y la soberanía en el mar Caribe, se desarrollará una campaña de conmemoración de este pueblo ancestral, cuya coordinación estará a cargo del Gobierno nacional, en conjunto con las entidades departamentales y municipales y de la instancia de representación y participación del Pueblo Raizal dentro de los límites del Estado colombiano.

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ARTÍCULO 3o. El Gobierno nacional queda autorizado para efectuar las apropiaciones presupuestales necesarias y realizar los traslados requeridos para el cumplimiento de la presente ley.

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ARTÍCULO 4o. La presente ley rige a partir de su promulgación y sanción.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Juan Diego Gómez Jiménez.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Gregorio Eljach Pacheco.

La Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Jennifer Kristin Arias Falla.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Jorge Humberto Mantilla Serrano.

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 6 de enero de 2022.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.

El Ministro del Interior,

Daniel Andrés Palacios Martínez.

La Ministra de Relaciones Exteriores,

Martha Lucía Ramírez Blanco.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José Manuel Restrepo Abondano.

El Ministro de Defensa Nacional,

Diego Andrés Molano Aponte.

La Secretaria General del Ministerio de Cultura, encargada de las funciones del despacho de la Ministra de Cultura,

Claudia Jineth Álvarez Benítez.

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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241]
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