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LEY 1795 DE 2016

(julio 12)

Diario Oficial No. 49.932 de 12 de julio de 2016

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Por medio de la cual la nación se vincula a la celebración de los 60 años de la Universidad del Tolima, se autorizan apropiaciones presupuestales y se dictan otras disposiciones.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. La nación se vincula a la celebración de los 60 años de la Universidad del Tolima y exalta las virtudes de sus directivas, profesores, estudiantes, egresados y, en general, de la comunidad académica, por sus aportes valiosos al progreso de la región y del país.

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ARTÍCULO 2o. Autorícese al Gobierno nacional para que incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación, las apropiaciones presupuestales necesarias para vincularse y concurrir con otras instancias de financiación a la conmemoración de esta institución educativa a través de la realización de las siguientes obras de infraestructura:

a) Construcción y Dotación del Edificio de Investigaciones.

b) Estudios Previos y Construcción de la Seccional Sur de la Universidad del Tolima en el municipio de Chaparral, Tolima.

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ARTÍCULO 3o. Las autorizaciones de gastos otorgadas al Gobierno nacional en virtud de esta ley, se incorporarán en el Presupuesto General de la Nación, de acuerdo con las normas orgánicas en materia presupuestal, reasignando los recursos hoy existentes en cada órgano ejecutor, sin que ello implique un aumento del presupuesto, de acuerdo con las disposiciones que se produzcan en cada vigencia fiscal.

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ARTÍCULO 4o. Para efectuar las apropiaciones presupuestales necesarias en cumplimiento de la presente ley, se deberá realizar la inscripción previa de los proyectos en el Banco de Proyectos de Inversión Pública del Departamento Nacional de Planeación.

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ARTÍCULO 5o. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

El Presidente del honorable Senado de la República,

LUIS FERNANDO VELASCO CHAVES.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

GREGORIO ELJACH PACHECO.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

ALFREDO RAFAEL DELUQUE ZULETA.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO.

REPÚBLICA DE COLOMBIA-GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 12 de julio de 2016

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

La Ministra de Educación Nacional,

GINA PARODY D'ECHEONA.

El Director del Departamento Nacional de Planeación,

SIMÓN GAVIRIA MUÑOZ.

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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
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