Última actualización: 16 de Diciembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.956 - 30 de Noviembre de 2024)
Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
Inicio
 
Imprimir

LEY 1235 DE 2008

(julio 23)

Diario Oficial No. 47.059 de 23 de julio de 2008

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Por medio de la cual se honra la memoria de ilustres colombianos y se asigna su nombre al Palacio de Justicia de Ciénaga y al Palacio de Justicia de Santa Marta en Magdalena.

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. La República de Colombia honra la memoria y exalta la vida y nombre del ilustre colombiano José Vicente Gual Acosta, quien con sacrificio y denuedo, interpretando cabalmente las necesidades y las miserias de los justiciables, con imparcialidad, responsabilidad, rectitud e irrestricto amor por su egregio oficio, entregó treinta y cuatro años de su vida al noble ejercicio de dispensar justicia. Como homenaje perenne a su memoria acójase el nombre de José Vicente Gual Acosta, como nombre para el inmueble del Palacio de Justicia de Ciénaga en Magdalena, ubicado en la calle 7 con Carrera 10.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. La República de Colombia honra la memoria y exalta los valores patrios del ilustre jurista, académico y ex magistrado de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia doctor JOSE EDUARDO GNECCO CORREA, fallecido el 6 de noviembre de 1985, en el Holocausto del Palacio de Justicia. Como homenaje perenne a su memoria acójase el nombre de JOSE EDUARDO GNECCO CORREA, como nombre para el nuevo inmueble donde en la actualidad funcionan conjuntamente el Honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, el Honorable Tribunal Contencioso Administrativo del Magdalena, el Honorable Consejo Seccional de la Judicatura y la Administración Judicial, ubicado en Santa Marta en la Calle 20 número 2A-20.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. La Alcaldía de Ciénaga podrá realizar las apropiaciones presupuestales, para la ejecución de los gastos que demande la elaboración en caracteres visibles y la posterior instalación sobre la parte exterior de la entrada principal del edificio de la siguiente inscripción:

Edificio del Palacio de Justicia

José Vicente Gual Acosta

Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. La Alcaldía del Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta podrá realizar las apropiaciones presupuestales, para la ejecución de los gastos que demande la elaboración en caracteres visibles y la posterior instalación sobre la parte exterior de la entrada principal del edificio de la siguiente inscripción:

Edificio nuevo del Palacio de Justicia

José Eduardo Gnecco Correa

Ir al inicio

ARTÍCULO 5o. Autorícese a los gobiernos municipales y distritales de Ciénaga y Santa Marta respectivamente, para efectuar las apropiaciones correspondientes para concurrir a la conservación y mantenimiento de las citadas inscripciones.

Ir al inicio

ARTÍCULO 6o. La presente ley rige a partir de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias.

La Presidenta del honorable Senado de la República,

NANCY PATRICIA GUTIÉRREZ CASTAÑEDA.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

OSCAR ARBOLEDA PALACIO.

El Secretario General (E.) de la honorable Cámara de Representantes,

JESÚS ALFONSO RODRÍGUEZ CAMARGO.

REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada en bogotá, D. C., a 23 de julio de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

La Ministra de Cultura,

PAULA MARCELA MORENO ZAPATA.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
Última actualización: 16 de Diciembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.956 - 30 de Noviembre de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.