LEY 838 DE 2003
(septiembre 25)
Diario Oficial No. 45.325, de 29 de septiembre de 2003
PODER PÚBLICO RAMA LEGISLATIVA
Por medio de la cual se declara como patrimonio cultural de la Nación a los Silleteros y a la Feria de las Flores de Medellín, en el departamento de Antioquia, y se dictan otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Declárese como patrimonio cultural de la Nación a los silleteros del corregimiento de Santa Elena, municipio de Medellín, departamento de Antioquia, y a la Feria de las Flores que se celebra en la ciudad de Medellín y se les reconoce la especificidad de cultura paisa y antioqueña, a la vez que se le brinda protección a sus diversas expresiones de tradición y cultura.
ARTÍCULO 2o. Declárase al corregimiento de Santa Elena y a sus habitantes como origen y gestores de la tradición de los silleteros y reconózcaseles en todas sus expresiones culturales y artísticas como parte integral de la identidad y de la cultura del departamento de Antioquia.
ARTÍCULO 3o. El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Cultura contribuiría al fomento nacional e internacional, promoción, sostenimiento, conservación, divulgación y desarrollo de la Feria de las Flores, evento que se celebra en el municipio de Medellín, como también apoyará la iniciación del programa semillero de silleteros en el corregimiento de Santa Elena, municipio de Medellín, departamento de Antioquia.
ARTÍCULO 4o. Esta ley rige a partir de su promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
GERMÁN VARGAS LLERAS.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
ALONSO ACOSTA OSIO.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
ANGELINO LIZCANO RIVERA.
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a 25 de septiembre de 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Ministra de Cultura,
MARÍA CONSUELO ARAÚJO CASTRO.
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