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LEY 668 DE 2001

(julio 30)

Diario Oficial No. 44.503, de 30 de julio de 2001

por medio de la cual se declara anualmente el 18 de agosto como Día Nacional de la Lucha Contra la Corrupción.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Declárese el día 18 de agosto como Día Nacional de la Lucha Contra la Corrupción.

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ARTÍCULO 2o. Anualmente, el día 18 de agosto, el Gobierno Nacional llevará a cabo una campaña de sensibilización y difusión de los valores éticos que deben inspirar la transformación moral de la República, recordando la lucha ejemplar que en defensa de los intereses del país y en contra de la corrupción efectuó el doctor Luis Carlos Galán Sarmiento.

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ARTÍCULO 3o. El Congreso de la República de Colombia, crea la "Medalla Luis Carlos Galán de Lucha Contra la Corrupción", con su nombre y efigie impresos en alto relieve, que deberá entregarse el día 18 de agosto de cada año, previa selección realizada en sesión conjunta de las Comisiones de Etica del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, a la persona natural o jurídica que haya trabajado de manera ejemplar en la lucha contra la corrupción.

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ARTÍCULO 4o. El Congreso de la República de Colombia crea la "Medalla Pedro Pascasio Martínez de Etica Republicana", con el nombre y la efigie del niño soldado, que deberá entregarse el día 18 de agosto de cada año, previa selección realizada en sesión conjunta de las Comisiones de Etica de Senado de la República y de la Cámara de Representantes, a un colombiano o colombiana, menor de 25 años que, a través de iniciativas individuales o colectivas, haya trabajado en la recuperación de los valores éticos ciudadanos que conduzcan a la prevención de la corrupción.

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ARTÍCULO 5o. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

MARIO URIBE ESCOBAR.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

MANUEL ENRÍQUEZ ROSERO.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

BASILIO VILLAMIZAR TRUJILLO.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

ANGELINO LIZCANO RIVERA.

REPUBLICA DE COLOMBIA-GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de julio de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro del Interior,

ARMANDO ESTRADA VILLA.

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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
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