LEY 541 DE 1999
(diciembre 15)
Diario Oficial No 43.819, de 17 de diciembre de 1999
EL CONGRESO DE COLOMBIA
Por medio de la cual la Nación se asocia a la conmemoración del sesquicentenario del honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, departamento del Valle.
DECRETA:
ARTICULO 1o. La Nación se asocia a la conmemoración del sesquicentenario del Honorable Tribunal Superior del Distrito udicial de Buga, en el departamento del Valle y exalta los méritos de la Corporación a través de su existencia.
ARTICULO 2o. Sugerir al Gobierno Nacional conceda la condecoración de la Orden de Boyacá en el Grado de Cruz de Oro, como reconocimiento al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, departamento del Valle, con motivo de cumplir ciento cincuenta (150) años de su existencia y por su gestión en pro de la recta administración de justicia, la que se impondrá en acto solemne, con la presencia de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Representantes, o en su defecto, por quien ella delegue.
ARTICULO 3o. Esta ley rige a partir de la fecha de su publicación.
MIGUEL PINEDO VIDAL
El Presidente del honorable Senado de la República
MANUEL ENRIQUEZ ROSERO
El Secretario General del honorable Senado de la República
ARMANDO POMARICO RAMOS
El Presidente del honorable Cámara de representantes
GUSTAVO BUSTAMANTE MORATTO
El Secretario General del honorable Cámara de Representantes
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PUBLIQUESE Y EJECUTESE
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 1999
ANDRES PASTRANA ARANGO
ROMULO GONZALEZ TRUJILLO
El Ministro de Justicia y del Derecho
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.