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LEY 500 DE 1999

(mayo 25)

Diario Oficial No 43.588, de 27 de mayo de 1999

EL CONGRESO DE COLOMBIA

Por la cual la Nación se asocia a la celebración de los 445 años de la fundación del

municipio de Mariquita en el departamento del Tolima y se autorizan

apropiaciones presupuestales para obras de infraestructura.

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. La Nación se asocia a la celebración de los cuatrocientos cuarenta y cinco (445) años de la fundación del municipio de Mariquita en el departamento del Tolima.

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ARTÍCULO 2o. Autorízase al Gobierno Nacional para incorporar dentro del presupuesto general de la nación, y/o impulsar a través del sistema nacional de cofinanciación apropiaciones presupuestales hasta por la suma de mil doscientos millones de pesos ($1.200.000.000), que permitan la ejecución de las siguientes obras de infraestructura en el municipio de Mariquita en el departamento del Tolima.

 Reconstrucción y modernización de la bocatoma, red de conducción, planta de tratamiento, red de distribución y tanques de almacenamiento, del acueducto de la zona urbana de Mariquita.

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ARTÍCULO 3o. El Gobierno Nacional queda facultado para realizar las operaciones presupuestales necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

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ARTÍCULO 4o. Esta ley rige a partir de la fecha de su sanción.

FABIO VALENCIA COSSIO.

El Presidente del honorable Senado de la República,

MANUEL ENRÍQUEZ ROSERO.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

EMILIO MARTÍNEZ ROSALES.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

GUSTAVO BUSTAMANTE MORATTO.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAI.

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 25 de mayo de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

VIRGILIO GALVIS RAMÍREZ.

El Ministro de Salud,

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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
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