LEY 108 DE 1994
(enero 7)
Diario Oficial N. 41.166,7 de enero de 1994
por la cual la Nación se asocia a la celebración del Centenario de Versalles, Valle, y se dictan otras disposiciones
EL CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. La Nación colombiana se asocia a la celebración del primer centenario de la fundación de la ciudad de Versalles, Departamento del Valle del Cauca, ocurrida el 18 de mayo de 1894 y exalta la memoria de sus fundadores:
Angel Peña Antonio María Ospina
Carmelo Arboleda Eugenio Toro
Heliodoro Obando Ismael Osorio
Jesús María Gómez Joaquín Palacio
José Taborda Julián Ospina
Telmo Toro Tomás Galvez
ARTÍCULO 2o. Con ocasión de tan importante efemérides, y para impulsar el desarrollo y el embellecimiento de la cabecera municipal, el Gobierno Nacional apropiará recursos en el Presupuesto General en las sumas necesarias para la ejecución de obras públicas que contribuirán al progreso del Municipio dando prioridad a las siguientes:
a) Para construcción del muro de cerramiento del coliseo cubierto.
b) Para remodelación del parque principal en el cual se erigirá un monumento a sus fundadores.
c) Para ampliación del hotel de turismo.
PARAGRAFO. Las sumas que se apropien dentro del Presupuesto Nacional serán giradas a la Tesorería Municipal de Versalles, Valle del Cauca, para inversión directa del Municipio, bajo la vigilancia de la Contraloría General de la República.
ARTÍCULO 3o. Esta Ley rige desde su promulgación.
El Presidente del Honorable Senado de la República,
JORGE RAMÓN ELÍAS NADER
El Secretario General del Honorable Senado de la República,
PEDRO PUMAREJO VEGA
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,
FRANCISCO JOSÉ JATTIN SAFAR
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,
DIEGO VIVAS TAFUR
República de Colombia - Gobierno Nacional
Publíquese y ejecútese.
Dada a los siete (7) días del mes de enero
de mil novecientos noventa y cuatro (1994).
CÉSAR GAVIRIA TRUJILLO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público,
encargado de las funciones del Despacho
del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
HÉCTOR JOSÉ CADENA CLAVIJO
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