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LEY 14 DE 1992

(julio 28)

 Diario Oficial No. 40.522, de 30 de julio de 1992

Por la cual se modifican parcialmente los Decretos-leyes 1211, 1212 y 1213 de 1990

EL CONGRESO DE COLOMBIA,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. En todas las normas de los Decretos-leyes 1211, 1212 y 1213 de 1990, en las que se mencione la causal de retiro "por inasistencia al servicio por más de cinco (5) días sin causa justificada", se entenderá en lo sucesivo que ésta se configura "por la inasistencia al servicio por más de diez (10) días sin causa justificada", o cuando se acumule igual tiempo durante un lapso de treinta (30) días calendario.

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ARTÍCULO 2o. La presente Ley rige desde la fecha de su publicación.

Dada en Santafé de Bogotá, a los ...

CÉSAR GAVIRIA TRUJILLO

El Presidente del Senado de la República,

CARLOS ESPINOSA FACCIO-LINCE

El Secretario General del Senado de la República,

GABRIEL GUTIÉRREZ MACIAS

El Presidente de la Cámara de Representantes,

RODRIGO HERNANDO TURBAY COTE

El Secretario General de la Cámara de Representantes,

SILVERIO SALCEDO MOSQUERA

República de Colombia - Gobierno Nacional.

Publíquese y ejecútese.

Santafé de Bogotá, D.C. a 28 de julio de 1992.

  

CÉSAR GAVIRlA TRUJILLO

El Ministro de Defensa Nacional,

RAFAEL PARDO RUEDA

      

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
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