Última actualización: 16 de Diciembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.956 - 30 de Noviembre de 2024)
Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
Inicio
 
Imprimir

DECRETO 2714 DE 2013

(noviembre 22)

Diario Oficial No. 48.982 de 22 de noviembre de 2013

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

Por el cual se establecen unas equivalencias de empleos.

Notas del Editor

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en desarrollo de las facultades otorgadas en la Ley 4ª de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que para efectos de la incorporación directa de los servidores del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión, en los cargos creados en la planta de personal transitoria de la Contraloría General de la República, se hace necesario establecer equivalencias entre la nomenclatura y clasificación de empleos del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión y la nomenclatura y clasificación de empleos transitoria fijada para la Contraloría General de la República.

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Establécense las siguientes equivalencias entre la nomenclatura y clasificación de empleos del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión y la nomenclatura y clasificación de empleos transitoria fijada para la Contraloría General de la República, así:

Empleos Departamento Administrativo de Seguridad ( DAS)Empleos Contraloría General de la República
DenominaciónCódigoGradoDenominaciónGrado
Técnico 30505Técnico Administrativo 01
Técnico 30506Técnico Administrativo 02
Criminalístico 21106Técnico de Operación 03
Detective 20806Técnico de Operación 03
Criminalístico 21107Técnico de Operación 04
Detective 20807Técnico de Operación 04
Detective Profesional 20709Técnico de Operación 05
Detective Profesional 20710Técnico de Operación 06
Oficial Técnico de Inteligencia 20413Técnico de Operación 07
Auxiliar de Servicios 32502Auxiliar de Apoyo 01
Auxiliar de Servicios 32503Auxiliar de Apoyo 02
Mecánico 31805Conductor Mecánico 04
Guardián 21404Auxiliar de Operación 03
Agente Escolta 20505Auxiliar de Operación 05
Guardián 21405Auxiliar de Operación 05
Conductor 31705Conductor Mecánico 07
Guardián 21406Auxiliar de Operación 06
Conductor 31706Conductor Mecánico 08
Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. Los servidores del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión, serán incorporados en los empleos transitorios creados en la planta transitoria de la Contraloría General de la República, con estricta sujeción a las equivalencias establecidas en el artículo primero del presente decreto, sin que se les exijan requisitos adicionales a los acreditados en el momento de su posesión del cargo del cual era titular en el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. De conformidad con lo señalado en el Decreto 4057 de 2011 para todos los efectos legales y de la aplicación de las equivalencias establecidas en el presente decreto para los fines de la incorporación, la asignación básica de los empleos en los cuales sean incorporados los servidores del DAS comprenderá la asignación básica y la prima de riesgo correspondientes al cargo del cual el empleado incorporado era titular en el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión, a la vigencia del presente decreto. En consecuencia, a partir de la incorporación, la prima de riesgo se entiende integrada y reconocida en la asignación básica del nuevo cargo.

Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a los 22 de noviembre de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
Última actualización: 16 de Diciembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.956 - 30 de Noviembre de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.