DECRETO 2714 DE 2013
(noviembre 22)
Diario Oficial No. 48.982 de 22 de noviembre de 2013
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Por el cual se establecen unas equivalencias de empleos.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en desarrollo de las facultades otorgadas en la Ley 4ª de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que para efectos de la incorporación directa de los servidores del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión, en los cargos creados en la planta de personal transitoria de la Contraloría General de la República, se hace necesario establecer equivalencias entre la nomenclatura y clasificación de empleos del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión y la nomenclatura y clasificación de empleos transitoria fijada para la Contraloría General de la República.
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Establécense las siguientes equivalencias entre la nomenclatura y clasificación de empleos del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión y la nomenclatura y clasificación de empleos transitoria fijada para la Contraloría General de la República, así:
Empleos Departamento Administrativo de Seguridad ( DAS) | Empleos Contraloría General de la República | |||
Denominación | Código | Grado | Denominación | Grado |
Técnico | 305 | 05 | Técnico Administrativo | 01 |
Técnico | 305 | 06 | Técnico Administrativo | 02 |
Criminalístico | 211 | 06 | Técnico de Operación | 03 |
Detective | 208 | 06 | Técnico de Operación | 03 |
Criminalístico | 211 | 07 | Técnico de Operación | 04 |
Detective | 208 | 07 | Técnico de Operación | 04 |
Detective Profesional | 207 | 09 | Técnico de Operación | 05 |
Detective Profesional | 207 | 10 | Técnico de Operación | 06 |
Oficial Técnico de Inteligencia | 204 | 13 | Técnico de Operación | 07 |
Auxiliar de Servicios | 325 | 02 | Auxiliar de Apoyo | 01 |
Auxiliar de Servicios | 325 | 03 | Auxiliar de Apoyo | 02 |
Mecánico | 318 | 05 | Conductor Mecánico | 04 |
Guardián | 214 | 04 | Auxiliar de Operación | 03 |
Agente Escolta | 205 | 05 | Auxiliar de Operación | 05 |
Guardián | 214 | 05 | Auxiliar de Operación | 05 |
Conductor | 317 | 05 | Conductor Mecánico | 07 |
Guardián | 214 | 06 | Auxiliar de Operación | 06 |
Conductor | 317 | 06 | Conductor Mecánico | 08 |
ARTÍCULO 2o. Los servidores del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión, serán incorporados en los empleos transitorios creados en la planta transitoria de la Contraloría General de la República, con estricta sujeción a las equivalencias establecidas en el artículo primero del presente decreto, sin que se les exijan requisitos adicionales a los acreditados en el momento de su posesión del cargo del cual era titular en el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión.
ARTÍCULO 3o. De conformidad con lo señalado en el Decreto 4057 de 2011 para todos los efectos legales y de la aplicación de las equivalencias establecidas en el presente decreto para los fines de la incorporación, la asignación básica de los empleos en los cuales sean incorporados los servidores del DAS comprenderá la asignación básica y la prima de riesgo correspondientes al cargo del cual el empleado incorporado era titular en el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión, a la vigencia del presente decreto. En consecuencia, a partir de la incorporación, la prima de riesgo se entiende integrada y reconocida en la asignación básica del nuevo cargo.
ARTÍCULO 4o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a los 22 de noviembre de 2013.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.
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