DECRETO 2092 DE 2003
(julio 28)
Diario Oficial No. 45.262, de 28 de julio de 2003
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
<NOTA DE VIGENCIA: Las facultades por las cuales se expidió este Decreto fueron declaradas INEXEQUIBLES>
Por el cual se reforma el régimen pensional del Presidente de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en uso de sus facultades extraordinarias conferidas por el numeral 1 del artículo 17 de la Ley 797 de 2003,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. <Las facultades por las cuales se expidió este Decreto fueron declaradas INEXEQUIBLES> El Régimen Pensional del Presidente de la República será el contenido en el Sistema General de Pensiones señalado en la Ley 100 de 1993 y sus disposiciones complementarias.
ARTÍCULO 2o. <Las facultades por las cuales se expidió este Decreto fueron declaradas INEXEQUIBLES> El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de julio de 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.
El Viceministro de la Protección Social encargado de las funciones del despacho del Ministro de la Protección Social,
JUAN GONZALO LÓPEZ CASAS.
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