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DECRETO 547 DE 2017

(marzo 30)

Diario Oficial No. 50.191 de 30 de marzo de 2017

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

Por el cual se modifica el Decreto 1432 de 2016 modificado por el Decreto 2188 de 2016.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 1432 de 2016 se modificó la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social, estableciendo, entre otros aspectos, la fecha de entrada en funcionamiento de la ADRES y la consecuente fecha límite de funcionamiento de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social;

Que mediante Decreto 2188 de 2016 se modificó el parágrafo transitorio del artículo 5o del Decreto 1432 de 2016, en el sentido de ampliar hasta el 31 de marzo de 2017, la fecha hasta la cual la citada Dirección ejercería sus funciones;

Que se hace necesario modificar el artículo 5o del Decreto 1432 de 2016, modificado por el Decreto 2188 de 2016, con el fin de adecuarlo a la fecha de inicio de operaciones de la ADRES, así como la disposición relativa a la fecha límite de funcionamiento de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social;

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Modifíquese el parágrafo transitorio del artículo 5o del Decreto 1432 de 2016, modificado por el Decreto 2188 de 2016, el cual quedará así:

Parágrafo transitorio. La Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social del Ministerio de Salud y Protección Social continuará ejerciendo las funciones señaladas en el Decreto 4107 de 2011 hasta el 31 de julio de 2017”.

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ARTÍCULO 2o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 5o del Decreto 1432 de 2016.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de marzo de 2017.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

El Ministro de Salud y Protección Social,

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

LILIANA CABALLERO DURÁN.

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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
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